Sentencia Basado En La Costumbre
02.03.04 - Rol Nº 5059-03
Santiago, dos de marzo de dos mil cuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en conformidad a lo dispuesto en los artículos 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta de los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos por el demandado a fojas 505. En cuanto al recurso de casación en la forma:Segundo: Que la demandada ha deducido recurso de casación en la forma fundado en la causal 1a. del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido pronunciada la misma por un Tribunal incompetente. El recurrente sustenta, en síntesis, el vicio alegado en que, tratándose de un incidente de cobro de honorarios, no es competente el juzgado del trabajo ante el cual se tramitó la causaque origina la prestación de los servicios, por cuanto, el procedimiento incoado se corresponde con un juicio distinto, autónomo y, por lo tanto, de conocimiento de los tribunales con competencia en lo civil. Tercero: Que al respecto cabe precisar que para que el recurso de casación en la forma pueda ser admitido, es indispensable que quien lo entab la haya reclamado del vicio ejerciendooportunamente todos los recursos que la ley le franquea, exigencia a la que no se dio cumplimiento en el caso de autos, por cuanto el demandado no recurrió de nulidad formal en contra del fallo de primer grado, como tampoco lo adujo en su defensa durante la tramitación del juicio, habiéndose limitado a solicitar la declaración de incompetencia en segunda instancia, la que le fue desestimada, sin que a surespecto tampoco gestionara pertinentemente, motivo que resulta suficiente para declarar inadmisible en esta sede el recurso de nulidad formal. Cuarto: Que, a mayor abundamiento, útil es precisar, como esta Corte ya lo ha sostenido anteriormente, que el artículo 697 del Código de Procedimiento Civil, si bien contiene una norma ordenatoria litis, es decir, de naturaleza procesal, no es menos ciertoque, además, contempla una regla de competencia en cuanto expresamente señala... interponiendo su reclamación -refiriéndose al acreedor de honorarios- ante el Tribunal que haya conocido en la primera instancia del juicio.... En otros términos, esta disposición otorga específica competencia para juzgar la acción de cobro de honorarios, procedentes de servicios profesionales prestados en juicio, altribunal que haya conocido del proceso en que los honorarios reclamados se hayan generado, de manera que no se advierte que en la sentencia impugnada se haya incurrido en el vicio que denuncia la demandada. Quinto: Que, en segundo lugar, el recurrente funda el recurso que intenta en la causal establecida en el artículo 768 Nº 5 del Código de Procedimiento Civil, la que relaciona con los artículos170 Nº4 y 5 del mismo texto legal, esto es, en haber sido extendida la sentencia atacada con omisión de las consideraciones de hecho y de derecho y de las leyes o principios de equidad que le sirven de fundamento. Sexto: Que al respecto basta con señalar, tal como lo indica el recurrente, que la sentencia atacada reprodujo la de primer grado, eliminando sólo algunos párrafos, los que sustituyó porotras consideraciones en las que se advierten claramente los fundamentos de la decisión, aun cuando ellos no sean favorables a la tesis del demandado, así como también posee el sustento necesario en las leyes que se citan, motivo por el cual no puede estimarse que se h a incurrido en las omisiones que denuncia el recurrente. Séptimo: Que, conforme a lo anotado, el recurso no ha sido preparado y,además, los argumentos esgrimidos por el recurrente no constituyen la causal invocada lo que conduce a declararlo inadmisible en esta sede. En cuanto al recurso de casación en el fondo: Octavo: Que el recurrente denuncia el quebrantamiento de la costumbre, en relación con los artículos 138 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículo 697 de este último cuerpo legal y artículos 2117 y...
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