SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1766
Sucre, 7 de noviembre de 2011
Expediente:2010-22751-46-AL
Distrito:Pando
Magistrado Relator:Dr. Abigael Burgoa Ordóñez
En revisión la Resolución pronunciada, dentro de la acción de libertad, interpuesto por Julio Espinoza Cordero, contra Ponciano Ruiz Quispe y Germán Miranda Guerrero, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior, Víctor Hugo RiveroToledo y Francisco Romero, Jueces Técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia, todos del Distrito Judicial de Pando.
I.ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la acción
I.1.1. Hechos que la motivan
El accionante mediante memorial de acción de libertad presentado el 3 de noviembre de 2010, cursante a fs. 3 y vta. de obrados, refiere que fue detenido conforme los presupuestosprocesales señalados en los arts. 233.1.2; 234.1.2 y 4; y 235.1.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que a la fecha fueron desvirtuados, toda vez que al presentar certificado de trabajo, informe social del Servicio de Gestión Social (SEDEGES), que evidencian que tiene familia, y domicilio, variaron los motivos de su detención.
Arguye que con dicha documentación solicitó la cesación de sudetención y lamentablemente los Jueces del Tribunal de Sentencia, le negaron con argumentos nada objetivos y los Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, ratificaron el mismo, sin tomar en cuenta que desde su detención ya pasaron siete meses y los motivos desaparecieron. Por lo que considera, que su detención a la fecha es indebida y que las autoridades hoydemandadas no obraron con la objetividad necesaria para dar curso a su libertad.
I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
El ahora accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad, consagrado en el art. 23 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3 Petición
Solicita se “admita” la acción de libertad, se disponga que los Jueces del Tribunal Segundo de Sentencia, señalen día yhora de audiencia para la cesación de su detención preventiva y se restituya su derecho a la libertad.
I.2.Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Efectuada la audiencia pública el 5 de noviembre de 2010, según consta en acta cursante de fs. 46 a 47 vta., se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1.Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la parte accionante en audienciaratificó y reiteró el contenido del memorial de acción de libertad, aclarando que las autoridades hoy demandadas no tomaron en cuenta ni valoraron los nuevos elementos probatorios y mediante Auto de 21 se septiembre de 2010, se ratificaron en la resolución que fue dictada anteriormente con referencia al peligro de obstaculización. Por lo que pidió que el Juez de garantías ordene a las autoridadesdemandadas señalen día y hora para considerar la cesación de la detención y se conceda su libertad.
I.2.2.Informe de la autoridad demandada
La autoridad demandada, Víctor Hugo Rivero Toledo, Juez Técnico del Tribunal Segundo de Sentencia, en audiencia informó lo siguiente: a) Para este tipo de solicitudes se tienen que considerar dos elementos fundamentales; la primera, cuáles fueron losmotivos por los que el Juez Cautelar, determinó su detención preventiva y cuáles fueron los nuevos elementos de convicción que fundaron su detención; b) De acuerdo al art. 239 del CPP -para que cese la detención- existe el Auto de la Jueza de Instrucción en lo Penal, que señaló que él sería el autor del hecho ocurrido; el segundo elemento, el imputado no tenía en ese momento familia, certificado dedomicilio; c) Para llenar el espacio del art. 233 del CPP sobre el peligro de obstaculización que motivo su Resolución, fue porque existía el riesgo de fuga establecido en el art. 235 del mismo cuerpo legal; d) En ese sentido el Tribunal luego de una amplia evaluación de los nuevos elementos para que esta detención sea enervada, observo la existencia de dos certificados que son diferentes y...
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