sentencia de amparo constitucional venezuela, derecho a la identidad
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, DIEZ (10) de Agosto de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: KP02-O-2012-000136
QUERELLANTE: PAUSOLINO MARQUEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad,titular de la cédula de identidad Nº V-12.551.778, domiciliado en la Urbanización Villa Crepuscular, Manzana “N”, casa N° 17, Parroquia Juan de Villegas, municipio Iribarren del estado Lara.
Asistido por: la Abogada MIRIAM JOSEFINA ZAVARCE PERNALETE, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 16.878.
QUERELLADOS: ciudadana ELIMAR QUERALES, en su condición de Directora del SAIME, SECCIONAL EL TOCUYO y JHOANHERNÁNDEZ, en su carácter de Director del Servicio Autónomo de Identificación. Migración y Extranjería SAIME-BARQUISIMETO.
BENEFICIARIAS: Identificación omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA, venezolanas, adolescente de quince (15) años de edad y la niña de once (11) años de edad.
MOTIVO: “ AMPARO CONSTITUCIONAL”
Por recibido el presente AmparoConstitucional en fecha 02 de Julio de 2012 interpuesto por el ciudadano PAUSOLINO MARQUEZ CONTRERAS, en representación de su hijas Identificación omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA, plenamente identificadas en autos, en contra de los querellados ciudadana, ELIMAR QUERALES, en su condición de Directora del SAIME, SECCIONAL EL TOCUYO y JHOAN HERNÁNDEZ, en su carácter deDirector del Servicio Autónomo de Identificación. Migración y Extranjería SAIME-BARQUISIMETO, el querellante solicito la cita para obtener el pasaporte previamente a ello como a la madre de las niñas era difícil de localizar y hace la solicitud ante el Tribunal de la Autorización para tramitar los pasaportes de sus hijas y cuando el asiste con sus hijas a sacarles el pasaporte porque le otorgan laentrevista la directora del Saime del Tocuyo le niega la entrevista por cuanto eso no es una sentencia y no tiene validez y llama al Saime - Barquisimeto y le pasan por Fax la autorización, no le dan valor jurídico a la sentencia y le niegan la entrevista y el pasaporte, finalmente el señor se dirige al Saime Barquisimeto y le dicen que no tiene validez, el interés principal de la ley es laProtección al menor si se cumple con los requisitos y se les niega la solicitud, es por ello que se pide el trámite de los pasaportes porque el padre aun tiene la posibilidad de pagar el viaje.
En virtud de los hechos expuestos y de conformidad con los artículos 19, 27, 50 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 8 y 393 de la Ley Orgánicapara la Protección del Niño, Niña y Adolescente, y el artículo 1, 2 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
En fecha 06 de Julio de 2012, se admitió la acción de amparo por no ser contrario al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, de conformidad en los artículos 5, 6, 7 y 18, de la Ley Orgánica de Amparo, sobre Derecho yGarantías Constitucionales y en consecuencia se ordenó: Notificar a los querellados, 2. Notificar a la Fiscalía del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial.
En fecha 01 de Agosto de 2012, la suscrita secretaria de éste Tribunal, certifica la consignación de la notificación de la parte querellada, y se fijó fecha para el día 06 de Agosto del presente año, Audiencia Oral de AmparoConstitucional, de conformidad con lo establecido en el articulo 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, oír a las beneficiarias de autos Identificación omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA, de conformidad al artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Al folio 43, el tribunal deja constancia...
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