Sentencia de tutela 129-10
CC: 1069734656
Sentencia de Tutela 129-10
El buen nombre ha sido comprendido en la doctrina y en la jurisprudencia constitucional como la reputación o fama de unapersona, esto es, como el concepto que el conglomerado social se forma de ella. El buen nombre se erige en derecho fundamental de las personas y constituye uno de los elementos más valiosos dentro delpatrimonio moral y social, a la vez que en un factor intrínseco de la dignidad humana. En efecto, esta Corporación ha precisado que el derecho al buen nombre se encuentra ligado a los actos que realiceuna persona, de manera que a través de éstos, el conglomerado social se forma un juicio de valor sobre la real dimensión de bondades, virtudes y defectos del individuo.
La sentencia es un Derecho alhonor, a la intimidad personal, familiar y propia imagen. Se condena al demandado como autor de una falta de injurias. Estos no son más que ejercicios de la acción de tutela del derecho al honor,daño moral.
Dicha sentencia se encuentra en el Derecho de petición es aquí donde está el Mecanismo idóneo para la materialización del derecho al buen nombre y el derecho al habeas data.
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Dentro del trámite de revisión de los fallos dictados por el Juzgado 12 Civil Municipal de Bogotá el 28 de abril 2009, el cual fueconfirmado mediante sentencia de 8 de junio de 2009, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bogotá.
Porque para los llamados delitos privados, es decir los perseguibles sólo "en virtudde querella particular", impone la finalización del proceso penal por el ejercicio separado de la acción civil derivada de los mismos hechos, ya que este ejercicio sí extingue "desde luego", por...
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