Sentencia Definitiva Formato
PENSION ALIMENTICIA
NÚMERO: 342/232.
Q U E J O S O: ARACELI AMADOR BARRERA VS PABLO LUZ MARTINEZ
JUEZ PONENTE:
RAMIRO RODRÍGUEZ PÉREZ.
SECRETARIO:
MARTÍN FERNANDO GARCÍA VÁZQUEZ.
SECRETARIA: ADistrito Federal, acuerdo del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil Y Familiar del Primer Circuito, correspondiente a la sesión de treinta de junio de dos mil once.
V I S T O S, para resolver, los autos del juicio de pensión alimenticia civil número 342/232; y,
RESULTANDO:
PRIMERO. Araceli Amador Barrera, por su propioderecho, mediante escrito presentado en la Oficialía de Turnos de Primera Instancia del Supremo Tribunal de Justicia del D.F., con residencia en esta ciudad, el veintinueve de noviembre de dos mil nueve, y recibido posteriormente por la Primera Sala Civil del citado Tribunal, promovió demanda de alimentos, en contra de los actos y de las autoridades que a continuación se indican:"III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:- A).- EL "C. JUEZ DE LA PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL "SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL D.F., como "AUTORIDAD RESPONSABLE ORDENADORA Y EJECUTORA, "con domicilio conocido en el Palacio de Justicia, ubicado entre las "Calles Vicente Guerrero, Allende y Once de esta ciudad.- B).- EL "C. PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL "BRAVOS, como eventualmenteAutoridad Responsable Ejecutora, "quien puede ser emplazada en sus oficinas, ubicadas en Eje Vial "Juan Gabriel y Aserraderos, en Ciudad Juárez, Chihuahua. B).- Del C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR DEL "DISTRITO JUDICIAL BRAVOS, se reclama la eventual ejecución "de la resolución dictada el día 28 de junio de 2007, publicada en "lista del día siguiente, con el número 52, que fuera modificada por "laque en el inciso anterior se identifica, en el expediente número "907/2005, conocido por dicha autoridad."
SEGUNDO. El quejoso señaló como garantías violadas, las contenidas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La demanda de garantías y sus anexos se recibieron en la Oficina de Correspondencia Común de losTribunales Colegiados en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito, el catorce de enero de dos mil ocho.
TERCERO. Por acuerdo de dieciséis de enero de dos mil ocho, el Magistrado Presidente de este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito, admitió la demanda de garantías, por encontrarse interpuesta en tiempo, en virtud de que lasentencia reclamada, le fue notificada al quejoso por lista del seis de noviembre de dos mil siete (foja 40 vuelta del toca civil), surtiendo sus efectos el día siete siguiente, por tanto, haciendo el cómputo correspondiente, el término de quince días que para su interposición establece el artículo 21 de la Ley de Amparo, empezó a correr a partir del ocho del propio mes y año, y feneció elveintinueve del citado mes y año, descontando los días diez, once, diecisiete, dieciocho, veinte, veinticuatro y veinticinco de dicho mes y año, por haber sido inhábiles, en tanto que la demanda fue presentada el veintinueve del referido mes y año.
Se emplazó a las tercero perjudicada Pablo Luz Martínez, por conducto de su mandataria judicial licenciado Mario Beltrán Soto, el doce dediciembre de dos mil siete (fojas 53 y 54, respectivamente, del indicado toca civil).
Se dio vista a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita, el diecisiete de enero del año en curso, quien se abstuvo de formular pedimento (foja 18 del juicio de amparo).
El acuerdo por el que se turnaron los autos al JUEZ Ponente Ramiro Rodríguez Pérez,...
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