Sentencia del seniat
MAGISTRADO PONENTE: LEVIS IGNACIO ZERPA
EXP. Nº 2002-1099
Mediante escrito presentado ante esta Sala Político Administrativa el 28 de noviembre de 2002, los abogados Justo Oswaldo Páez Pumar, Rosa Amalia Páez Pumar, José Manuel Lander Capriles y Alfonzo Graterol Jatar, titulares de las cédulas de identidad números 2.153.198,1.741.405, 2.933.230 y 5.970.043, respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 644, 610, 6286 y 26.429, actuando como apoderados judiciales de las sociedades mercantiles VICSON, S.A., inscrita ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Trabajo del Estado Lara el 13 de febrero de 1964,bajo el Nº 4, folio Nº 75 al 81 del Libro adicional Nº 2, y luego inscrita por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 16 de abril de 1974, bajo el Nº 72 del Libro 110-A; VENEZOLANA DE PULPA Y DE PAPEL, S.A.C.A./VENEPAL S.A.C.A., actualmente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicialdel Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de septiembre de 1999, bajo el Nº 60, Tomo 205-A Pro; PINTURAS INTERNACIONAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia el 23 de diciembre de 1952, bajo el Nº 226 al folio 5to. 359; PINTURAS TACARIGUA, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal yEstado Miranda en fecha 16 de junio de 1965, bajo el Nº 30, Tomo 34-A; C.A., QUIMICA INTEGRADA INTEQUIN, inscrita ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 17 de septiembre de 1969, bajo el Nº 1691; VENEZOLANA DE PINTURAS, C.A., inscrita en el Registro de Comercio que llevaba elantiguo Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 28 de septiembre de 1953, bajo el Nº 98, y CORPORACIÓN GRUPO QUÍMICO, S.A.C.A., actualmente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 25 de noviembre de 1982, bajo el Nº 7, Tomo 22-A; de conformidad con lo dispuesto en el artículo112 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ejercieron recurso contencioso administrativo de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad, conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional, contra las Providencias Administrativas Nos. SNAT/2002/1418 y SNAT/2002/1419, ambas dictadas el15 de noviembre de 2002 por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT.), publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.7573 del 19 de noviembre del citado año, a través de las cuales se designan como agentes de retención del impuesto al valor agregado, la primera, a los Entes Públicos Nacionales y, la segunda, a loscontribuyentes calificados como especiales.
Actuando dicha representación de acuerdo a los documentos poderes respectivamente otorgados e insertos en autos a los folios 27 hasta el 56, solicitan además medida preventiva innominada, referida a la suspensión de los efectos de los actos recurridos, a tenor de lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 588 del Código de Procedimiento Civil.
Delanterior escrito y sus anexos, se dio cuenta en Sala el 04 de diciembre de 2002 y en la misma fecha se designó Ponente al Magistrado Levis Ignacio Zerpa, a los fines de decidir sobre la admisibilidad del recurso de nulidad y de la solicitud cautelar de amparo constitucional.
En fecha 12 de diciembre de 2002, la representación judicial de las precitadas sociedades mercantiles consignó...
Regístrate para leer el documento completo.