Sentencia exp 5005

Páginas: 8 (1869 palabras) Publicado: 27 de enero de 2014
Exp 5127 (08-Jun-1999)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA
Magistrado Ponente: CARLOS ESTEBAN JARAMILLO SCHLOSS
Santafé de Bogotá D.C., ocho (8) de Junio de mil novecientos noventa y nueve (1999).-
  
 
   Referencia: Expediente 5127

Se decide por la Corte el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha veintiséis (26) deabril de 1994, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga para ponerle fin, en segunda instancia, al proceso ordinario de mayor cuantía seguido por ALBA INES OSORIO DE CASTRO contra los menores ANGELA MILENA y JOHN JAVIER OSORIO CLAVIJO, MARIA CRISTINA OSORIO AMAYA y los herederos indeterminados de JOSE ROGELIO OSORIO ZAPATA, todos en su condición de sucesores procesales deeste último.
I. EL LITIGIO
1. Por escrito presentado el 7 de febrero de 1984, reformado el 31 de marzo siguiente, ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Cartago (Valle) y por conducto de mandatario constituido para el efecto, la demandante, en su calidad de heredera de Ana Felix Zapata viuda de Osorio, reclamando para la sucesión de dicha causante, pide que se declare que existió lesiónenorme para la vendedora en el contrato de comprav
a de errores manifiestos de hecho en la apreciación del dictamen pericial practicado para el avalúo de frutos, del cual se dice en el recurso que carece completamente de fundamento y que toma en cuenta derechos diferentes de los litigiosos, pues se limita a describir el bien, a señalar unos rubros caprichosos que no se sabe como aparecenrelacionados, pero no dice que los peritos hubieran ido a constatar el estado del inmueble, que hayan verificado el avalúo catastral y, agrega el censor, que los auxiliares de la justicia avaluaron el 100% de un predio, no obstante que lo que es objeto de litigio corresponde a 20/22 partes del mismo, sin que ni siquiera hayan hecho la más mínima discriminación acerca de este particular.
Se considera:
Enorden a cerciorarse del mérito de este cargo que como queda visto, se fundamenta en la errada apreciación de un dictamen sobre frutos que, dice la censura, carece de la debida sustentación y recae sobre derechos diferentes de los que son materia del litigio, es de advertirse primeramente que el juzgado de primera instancia ordenó a los peritos señalar o fijar “el valor de los frutos que el inmuebleal cual se refiere la demanda (hecho 1o.), pudo haber producido ...”, luego ninguna duda queda que por determinación judicial el cometido a cargo de los peritos era realizar una justa tasación de los frutos producidos por todo el inmueble objeto de la venta impugnada y no apenas de una parte del mismo. Esto es lo que se deduce del decreto oficioso de pruebas proferido por el Juzgado Primero Civildel Circuito de Cartago visible al folio 177 del cuaderno No. 1 del expediente y por eso ha de concluirse que los peritos se sometieron fielmente a dicha directriz, manteniéndose dentro de los límites fijados, manifestando ellos en su experticia avaluar la “ … renta de una casa de habitación, ubicada en la cra. 4 Norte No. 12B-05 del Barrio el Prado de esta ciudad, desde el año de 1980 hasta elaño de 1991...” (fls. 1 y 2, cuad. No. 3), vale decir del mismo inmueble a que se refiere el hecho primero de la demanda que a este proceso le dio vida. De otra parte, del dictamen de los peritos “rendido tal como se nos encomendó su Despacho”, se corrió traslado a las partes por auto que se notificó mediante inserción en el estado del 19 de julio de 1991, en término de 3 días que venció el 24siguiente, según constancia secretarial (véanse folios 2 y 4 mismo cuaderno No. 3), y el apoderado del demandante, si bien no estuvo conforme con el dictamen así rendido, no lo controvirtió oportunamente puesto que solamente lo vino a objetar por error grave en escrito de 24 de julio, objeción que por resultar intempestiva no recibió trámite, todo ello de acuerdo con evidencia incontrastable que...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • 5005
  • SENTENCIA EXP 15888
  • Exp sentencia del tribunal constitucional
  • Análisis Sentencia 29 De Julio 2005 Ref. Exp. 110013103018 189320302-02
  • Sentencia del Tribunal Constitucional Exp. N° 319-2013-PA/TC
  • EXP
  • EXP
  • EXP

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS