Sentencia laboral
Ponencia del Magistrado LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
En el juicio que por cobro de prestaciones sociales, sigue la ciudadana SIOMARA CARMEN MORENO GONZÁLEZ, representada judicialmente por el abogado Luis Enrique Perdomo, contra la sociedad mercantil VALLES SERVICIOS DE PREVISIÓN FUNERARIA, C.A., representada judicialmente por los abogadosPedro Mantellini González, Silvana Mantellini de Texier, David Darío Mantellini Perera, David Guillermo Pérez Pérez, Carlos Manuel Gamboa Olivares, Simón Alfredo Herrera Celis, Lorena Mingarelli Lozzi, José Manuel Padilla Mantellini y Andrés Elías Pérez Amundaraín; el Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,conociendo en apelación, en fecha 26 de enero de 2005, dictó sentencia en la cual declaró: 1) sin lugar el recurso de apelación intentado por la parte actora contra la decisión proferida en fecha 25 de noviembre de 2004, por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Circuito y Circunscripción Judicial supra, y 2) sin lugar la demanda.
Contra la referida decisión de Alzada, larepresentación judicial de la parte demandante interpuso recurso de casación, el cual, una vez admitido, fue oportunamente formalizado. No hubo impugnación.
Recibido el expediente, se dio cuenta en Sala en fecha 15 de marzo de 2005, designándose Ponente al Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
Celebrada la audiencia oral, pública ycontradictoria en fecha 22 de noviembre de 2005 y habiendo esta Sala pronunciado su decisión de manera inmediata, pasa a reproducir la misma en los siguientes términos:
DEL RECURSO DE CASACIÓN
I
Por razones estrictamente metodológicas, esta Sala de Casación Social alterara el orden para conocer de las denuncias formuladas y analizará preliminarmente la tercera de las planteadas enel escrito de formalización:
Con fundamento en el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncia el formalizante:
“Que la juzgadora que dictó la recurrida incurrió en el error de negar la aplicación de los artículos 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículo 8 literales b, c y d (1) del Reglamentode la Ley del Trabajo (sic) y artículo 9 eiusdem. En virtud de que habiendo sido demostrada la condición de trabajadora dependiente en la audiencia de juicio y no habiéndose conformado los supuestos de hecho del artículo 98 de la Ley Orgánica del Trabajo, no existía otra forma legal y legítima de terminar con esa relación que nació laboral y que así permaneció, tanto que la sentencia recurridasería de confirmar la relación laboral si la Juzgadora de alzada no hubiese negado la aplicación de tan importantes artículos, por lo que solicito respetuosamente a esta Honorable (sic) Sala la anulación del fallo hoy recurrido”.
La Sala para decidir observa:
Con independencia de la adecuación técnica de la denuncia en estudio, deviene esencial para la Sala, centrar suatención en el contenido endógeno de la delación supra, orientado en la falta de aplicación por parte del Juez de la recurrida del principio de la primacía de la realidad sobre los hechos, así como del principio de irrenunciabilidad.
Ahora bien, aún cuando ha sido criterio reiterado de esta Sala, el que no tiene competencia para analizar denuncias que versen sobre disposicionesconstitucionales, e igualmente, ha asentado su limitación para conocer de infracciones de orden infra o sublegal, no obstante en el presente caso, extremando sus funciones jurisdiccionales, entrará a investigar la presunta infracción de dichas disposiciones, por encontrarse éstas desarrolladas en un cuerpo normativo de rango legal, específicamente en el literal e) del artículo 60 de la Ley Orgánica...
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