SENTENCIA_POSESION_N 3

Páginas: 6 (1386 palabras) Publicado: 21 de noviembre de 2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
 
 
 
 
Magistrado Ponente: RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO
Radicación No. 27870
Acta No. 02
Bogotá D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil doce (2012)
 
 
 
 
Resuelve la Corte la acción de tutela interpuesta, a través de apoderado, por los señores CECILIA RODRÍGUEZ DE CLEVES, CAMILO HERNANDO, ISABEL CRISTINA y SANDRA PATRICIA CLEVES RODRIGUEZcontra la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
 
I. ANTECEDENTES
 
Los actores solicitaron la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, personalidad jurídica y prevalencia del derecho sustancial, que consideraron desconocidos por la Corporación accionada a partir de la expedición de las providencias del 26 de agosto de 2011 y 9 de diciembre de 2011, dentro delproceso de impugnación de la filiación legítima iniciado en su contra por la señora ESPERANZA PIMENTEL DE MESA.
Señalaron básicamente que en el interior del proceso de impugnación de la filiación legítima iniciado por la señora ESPERANZA PIMENTEL DE MESA, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ordenó, de manera oficiosa, la práctica de una prueba antropo heredo biológica ante elLaboratorio de Medicina Genómica de la Universidad Surcolombiana, con el fin de analizar el ADN de la demandante y esclarecer su posible relación de paternidad con el señor CAMILO CLEVES GONZALEZ, de quien tienen la calidad de herederos determinados.
 
Asimismo, que el dictamen emitido por dicha entidad arrojó como resultado un rango de credibilidad del 99.949%, “(…) circunstancia que da lugar adudar sobre el resultado y más teniendo en cuenta que la Contraloría General de la República ha objetado pruebas realizadas por esta entidad.”
 
Agregaron que, por medio de la providencia del 8 de septiembre de 2011, se desestimaron las objeciones que presentaron en contra del dictamen pericial y, tras ello, se desconocieron las previsiones contenidas en el artículo 2 de la Ley 721 de 2001, alasumirse como prueba fundamental un dictamen que no alcanzó el 99.99% de probabilidad. Indicaron también que, luego de que pidieron la corrección y aclaración de la providencia, la autoridad accionada explicó que su decisión no se había fundado exclusivamente en el dictamen pericial, sino también en la prueba de posesión notoria del estado civil.
 
Arguyeron que “(…) la Honorable Corte omitiendo suspropias decisiones, no evacuó la práctica de la prueba de ADN, incurriendo en una vía de hecho, debido a que dictó fallo, sin la ejecución de la prueba fundamental, lo que no permitió un esclarecimiento total de los hechos y las pruebas, dicha omisión refleja que la Corte violó el derecho al debido proceso y no dio cumplimiento a lo estipulado en la Ley y jurisprudencialmente, en especial la Ley721 de 2001, normatividad especial para los procesos de filiación.”
 
Por auto del 20 de enero de 2012 esta Sala de la Corte dispuso la admisión de la acción de tutela y ordenó su notificación a las autoridades accionadas, así como la vinculación de las demás personas interesadas en el resultado de la misma, con el fin de que ejercieran sus derechos de contradicción y defensa.
 
Surtido el términode traslado, la Secretaria de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva informó que había enterado de la admisión de la acción de tutela a los señores Álvaro Pimentel Rosas y Carme Tulia Lozada de Pimentel.
 
II. CONSIDERACIONES
 
Una vez analizada la providencia judicial emitida por la autoridad accionada, para la Sala no está demostrada la vulneración de losderechos fundamentales del accionante, que se denuncia en el escrito de tutela, además de que las decisiones que allí se contienen responden a un ejercicio racional de valoración de las pruebas aportadas al proceso, así como a una labor interpretativa que no puede ser tachada de arbitraria o caprichosa, de forma tal que tal determinación debe ser identificada como una manifestación legítima de la...
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