SENTENCIA REVISION

Páginas: 35 (8696 palabras) Publicado: 26 de abril de 2015
TOCA: R-495/2014.
AMPARO: 1067/2014-VII.
QUEJOSO: **********.
RECURRENTE: **********
(TERCERA INTERESADA).
MAGISTRADO PONENTE: LIC. RAUL ARMANDO PALLARES VALDEZ.
SECRETARIO: LIC. ARMANDO RENE DAVILA TEMBLADOR.

San Andrés Cholula, Puebla. Acuerdo del Segundo
Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito, correspondiente
al veintiséis de febrero de dos mil quince.

V I S T O

para fallarel toca de revisión R-495/2014,

relativo al juicio de amparo 1067/2014-VII, tramitado ante el Juzgado
Décimo Primero de Distrito en el Estado de Puebla y resuelto por el
Juzgado Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región,
bajo el número 300/2014; y,
RESULTANDO:
PRIMERO. Por demanda presentada el once de julio de
dos mil catorce, ******************************, por su propioderecho,
solicitó ante el Juzgado de Distrito en turno en el Estado de Puebla, el
amparo y protección de la Justicia Federal, contra actos que estimó
violatorios de los artículos 14, 16 y 17 constitucionales, precisando lo
siguiente: "III. NOMBRE DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.-Autoridad "ordenadora: El ciudadano Juez Primero de lo Familiar de
Puebla, "Puebla, con domicilio en Periférico EcológicoArco Sur sin
número, "San Andrés Cholula, Puebla.-- Autoridad ejecutora: El
Diligenciario non "adscrito al Juzgado Primero de lo Familiar de

2

R-495/2014.

Puebla.-- IV. ACTO Y "OMISION RECLAMADA.-- La omisión que hace
la

autoridad

"responsable

dentro

de

la

sentencia

de

fecha

VEINTIOCHO DE MAYO "DE DOS MIL CATORCE, en cuanto a la
valoración de las pruebas "documentales privadas ofrecidaspor el
suscrito, consistentes en veinte "talones de pago, los cuales son
prueba veraz, en virtud de que su falta "de estudio provoca una
afectación inminente al patrimonio del suscrito, "así como una violación
procesal, ya que no se están observando los "preceptos legales que el
Código de Procedimientos Civiles dispone "para la valoración de las
documentales privadas. Misma omisión que "tiene comoconsecuencia
la aprobación de la liquidación de sentencia "promovida por la señora
**********, hasta por la "cantidad de $14,144.60 (catorce mil ciento
cuarenta y cuatro pesos, "sesenta centavos), por concepto del
supuesto adeudo que se le "imputa al suscrito".
SEGUNDO. Por auto de catorce de julio de dos mil catorce,
el Juez Décimo Primero de Distrito en el Estado de Puebla, al que por
turnocorrespondió el conocimiento del asunto, previno al quejoso para
que: "PRIMERO. Precise cuál es el acto que en específico les atribuye
"a cada una de las autoridades responsables que señala, o en qué
"medida participaron cada una de ellas en los actos reclamados, ya
que "el juez y el diligenciario solo pueden actuar en un determinado
ámbito "de atribuciones, y no es factible que se les reclame unsolo
acto "simultáneamente.-- SEGUNDO. Precise los actos reclamados, ya

3

R-495/2014.

que "de la lectura de la demanda no resulta claro si se trata de una
omisión, "un acto positivo o una resolución, lo cual es necesario aclarar
para "poder requerir su informe a las autoridades (…)". A lo que dio
cumplimiento mediante escrito presentado el diecisiete de los mismos
mes y año, en el que manifestólo siguiente: "PRIMERO. Se aclara en
"cuanto a las autoridades responsables, solo se señala como UNICA
"AUTORIDAD RESPONSABLE, al ciudadano Juez Primero de lo
"Familiar, al emitir la sentencia de fecha VEINTIOCHO DE MAYO DE
"DOS MIL CATORCE.-- SEGUNDO. Se aclara en cuanto al ACTO
"RECLAMADO contra el cual se solicita el amparo y protección de la
"Justicia Federal; se reclama la SENTENCIA DE FECHAVEINTIOCHO
"DE MAYO DE DOS MIL CATORCE, por haberse dictado en forma
"ilegal.-- Esto es así, en virtud de que la autoridad responsable se
"abstiene de valorar en los términos que fueron exhibidas las pruebas
"documentales privadas ofrecidas por el suscrito en el escrito de
"contestación de la liquidación de sentencia interpuesta por la hoy
"tercera interesada".
TERCERO. El veintiocho de julio de...
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