Sentencia Salud
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA
DECRETONO,. O 853
DE 2012
2111
Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional, y se dictan otras disposiciones.El PRESIDENTE DE lA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,
DECRETA:
CAPíTULO I
ARTíCULO 1°. CAMPO DE APLlCACION. El presente Decreto fija las escalas de remuneración de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos 'correspondientes a los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades AdministrativasEspeciales, Establecimientos Públicos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, demás instituciones públicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidación del orden nacional. ARTIcULO 2°. ASIGNACIONES BÁSICAS. A partirdel 1° de enero de 2012, las asignaciones básicas mensuales de las escalas de empleos de las entidades de que trata el artículo 10 del presente Decreto serán las siguientes: GRADO
SALARIAL
DIRECTIVO 2.233.354 2.497.580 2.637.233 2.803.049 2.875.180 3.002.689 3.182.234 3.252.416 3.372.970 3.623.537
ASESOR 2.179.619 2.357.013 2.572.258 2.927.532 3.002.689 3.399.927 3.795.848 4.154.0204.365.588 4.539.658
PROFESIONAL
TECNICO 566.700 613.926 689.588 730.670 777.282 935.516 996.878 1.022.146 1.124.891 1.177.140
ASIS·rENCIAl 566.700 566.711 566.746 568.629 576.077 630.060 689.588 730.670 777.282 854.322
t-.~.'"_
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10
1.315.939 1.454.601 1.520.238 1.600.782 1.693.321 1.752.286 1.839.033 1.930.469 2.013.569 2.082.275
i
DECRETO NUMERO "-
0853
DE2012
Hoja 2
Continuación del Decreto "Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempenados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional y se dictan otras disposiciones".
GRADO DIRECTIVO SALARIAL 11 3.679.737 12 3.795.848 13 3.960.173 144.173.509 15 4.260.338 4.319.246 16 17 4.555.421 18 4.933.677 19 5.312.782 20 5.842.185 21 5.922.203 6.553.250 22 23 7.197.704 7.766.751 24 8.374.274 25 26 8.809.736 27 9.246.513 9.761.707 28
ASESOR
PROFESIONAL
TECNICO
ASIS"rENCIAL
4.773.304 5.013.419 . 5.496.701 5.802.065 5.921.433 6.506.604 7.188.672 7.802.839
2.169.943 2.302.196 2.494.331 2.669.283 2.951.171 3.181.7803.346.665 3.604.191 3.876.862 4.173.350 4.448.103 4.784.075 5.054.940 5.450.909
1.240.971 1.315.939 1.403.343 1.454.601 1.520.238 1.717.662 1.838.799 2.020.686
922.142 990.139 1.022.146 1.044.537 1.077.005 1.124.891 1.148.647 1.177.140 1.207.504 1.245.020 1.297.418 1.376.801 1.520.238 1.658.141 1.839.033 2.000.635
D
PARÁGRAFO 1. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artíclJlo,la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel. PARÁGRAFO 2. Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Se podrán crearempleos de medio tiempo, los cuales se remunerarán en forma proporcional al tiempo trabajado y con relación a la asignación básica que les corresponda. Se entiende, para efectos de este Decreto, por empleos de medio tiempo los que tienen jornada diaria de cuatro (4) horas.
PARÁGRAFO 3. Ningún empleado a quien se aplique el presente Decreto tendrá una asignación básica mensual inferior a la...
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