Sentencia sobre Caso Beto Torres
Expediente Judicial N° 2012-01247-0-1706-JR-CI-03
Demandante : Roberto Torres Gonzáles
Demandados : Jueces Superiores de la Segunda Sala Penal de Apelaciones
[Corte Superior de Justicia de Lambayeque]
Materia : Proceso de Amparo
Ponente : Señor Huangal Naveda
Resolución Número : DIECINUEVE
En Chiclayo, a los once días del mes de setiembre del año dos mil doce, la Sala Especializada en Derecho Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, integrada por los Jueces Superiores Huangal Naveda, Rodas Ramírez y Figueroa Gutarra, pronuncia la siguiente resolución:
ASUNTO
Es objeto de grado la sentencia contenida en la resolución número siete de fecha dieciséis dejulio de dos mil doce, que declara fundada la demanda de amparo interpuesta por don Roberto Torres Gonzáles contra los Señores Jueces Superiores de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia y el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial.
ANTECEDENTES
Con fecha veinticuatro de mayo de dos mil doce, don Roberto Torres Gonzáles,interpone demanda de amparo contra los magistrados Superiores José María Balcázar Zelada, Jimmy García Ruiz y Margarita Zapata Cruz, integrantes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y contra el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, con la finalidad que se deje sin efecto la sentencia contenida en la resolución númeroveinticinco de fecha veintidós de mayo de dos mil doce, emitida en el expediente N° 1488-2011-96-1706-JR-PE-06, que lo condena como autor del delito de peculado de uso en agravio de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, a dos años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución. Afirma el demandante que al emitirse la mencionada resolución se han vulnerado los derechos de defensa, alprincipio del Juez Natural, a la obtención de una resolución fundada en derecho, a la motivación de la resolución judicial y a la observancia del principio de legalidad procesal penal.
Los demandados, con fecha siete de junio de dos mil doce, deducen nulidad del auto admisorio, plantean la excepción de incompetencia por razón de la materia y contestan la demanda. Señalan que la recurrida devieneimprocedente por cuanto el procesado dejó consentir la decisión que dice afectarlo al no haber interpuesto el recurso de casación previsto en la vigente norma procesal penal, y también sostienen que al fuero constitucional no le corresponde pronunciarse sobre atribuciones que son de la justicia ordinaria.
El Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, elveintiuno de junio de dos mil doce contesta la demanda y solicita que sea declarada improcedente, toda vez que el propósito del proceso constitucional instaurado se dirige a suspender los efectos y alcances de la resolución judicial que ha determinado responsabilidad penal del demandante, supuesto este que el Tribunal Constitucional ha esclarecido precisando que el amparo no es un medio para replantearuna controversia que ha sido competencia de los órganos de la jurisdicción ordinaria.
El Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, mediante sentencia del diecisiete de julio de dos mil doce, estima la demanda con los argumentos siguientes: a)no puede exigírsele al demandante haber interpuesto recurso de casación, cuyas limitaciones las precisa el artículo 427 del Código Procesal Penal, y porque,además, se trata de un recurso inidóneo para salvaguardar los derechos fundamentales, lo cual permite relativizar la exigencia normativa concerniente al requisito de firmeza; b) ausencia de motivación en la sentencia penal cuestionada, toda vez, que no explican ni justifican el bien jurídico protegido por el tipo penal incriminado, tampoco se precisa el perjuicio económico; y no haberse desarrollado...
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