Sentencia Sobre La Propiedad En Colombia
Derecho de propiedad. Poder de policia. Confiscacion de auto por la sijin. Negada.
Sentencia No. T-506/92
DERECHOS FUNDAMENTALES-Aplicación
Los derechos que son fundamentales por aplicación directa e inmediata son todos aquellos derechos de libertad e igualdad formal y, además, ciertos derechos de igualdad material que se relacionan con la vida yla dignidad humana. Su carácter de derechos de aplicación directa se deriva de su naturaleza general válida en todos los casos. Los derechos fundamentales que son aplicables de manera indirecta son aquellos derechos económicos sociales o culturales, que se encuentran en una estrecha relación de conexidad con los derechos fundamentales de aplicación directa Este tipo de aplicación es resultado dela necesidad de establecer una ponderación de las circunstancias de cada caso concreto y ello, a su vez, se deriva de su naturaleza de derechos que suponen un tratamiento desigual con el fin de lograr cierta igualdad material.
DERECHO A LA PROPIEDAD-Fundamental/DERECHOS FUNDAMENTALES/ACCION DE TUTELA
La posibilidad de considerar el derecho a la propiedad como derecho fundamental depende de lascircunstancias específicas de su ejercicio. De aquí se concluye que tal carácter no puede ser definido en abstracto, sino en cada caso concreto. Sólo en el evento en que ocurra una violación del derecho a la propiedad que conlleve para su titular un desconocimiento evidente de los principios y valores constitucionales que consagran el derecho a la vida a la dignidad y a la igualdad, la propiedadadquiere naturaleza de derecho fundamental y, en consecuencia, procede la acción de tutela. Dentro de este marco general, el reconocimiento de la propiedad, entendido como un derecho fundamental se presenta siempre que sea ejercido dentro de los límites que imponen las leyes y el orden social. No puede alegarse la violación de un derecho, en este caso la propiedad, cuando existe duda sobre laadquisición o la licitud del objeto que se busca amparar.
PODER DE POLICIA/POLICIA ADMINISTRATIVA/POLICIA JUDICIAL
Este carácter fundamentalmente preventivo de la policía administrativa la distingue de la policía judicial encargada fundamentalmente de reprimir los atentados contra el orden público una vez que ellos hayan ocurrido. La distinción entre ambas policías es importante no sólo por elprincipio de separación entre autoridades administrativas y judiciales propiamente dichas sino porque en la práctica numerosas acciones de policía son mixtas y su calificación se funda algunas veces en la finalidad de la acción más que en su contenido.
Ref: Expediente T 2471
PETICIONARIO: Víctor Narváez Paredes.
PROCEDENCIA: Juzgado Primero Penal del Circuito de Popayán.
MAGISTRADO PONENTE:
Dr.CIRO ANGARITA BARON.
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Ciro Angarita Barón, Eduardo Cifuentes Muñoz y José Gregorio Hernández Galindo.
EN NOMBRE DEL PUEBLO
Y
POR MANDATO DE LA CONSTITUCION
Ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA
En el proceso de tutela promovido mediante apoderado judicial por el Señor Hermisul José Vásquez Cuellar contrala SIJIN Grupo Automotores, Seccional Popayán, resuelto desfavorablemente en primera y única instancia por el Juzgado Penal de Circuito de dicha ciudad.
I. ANTECEDENTES
Con base en los artículos 86 de la Constitución Nacional y 33 del Decreto 2591, la Sala de Selección número 3 de la Corte Constitucional seleccionó, para efectos de su revisión, la acción de tutela de la referencia.
Al suscritoMagistrado le correspondió por reparto el presente negocio, cuyo expediente se recibió formalmente el dieciocho (18) de Mayo del año en curso.
Puesto que se han agotado todos los trámites constitucionales y legales, de conformidad con el artículo 34 del Decreto 2591 de 1991, la Sala Primera de Revisión de la Corte procede a dictar la sentencia correspondiente.
A. La acción.
El día de 24 de...
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