Sentencia C 1195 01

Páginas: 100 (24878 palabras) Publicado: 27 de agosto de 2015
REPUBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL
SALA PLENA
SENTENCIA C-1195/01
Ref:

Expediente D-3519

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos
35, 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley 640 de 2001 “Por la
cual se modifican normas relativas a la conciliación y
se dictan otras disposiciones”
Actor:
ANDRES RODRÍGUEZ PIZARRO
Magistrados Ponentes:
MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
MARCO GERARDO MONROYCABRA
Bogotá, DC, quince (15) de noviembre de dos mil uno (2001)
La Sala Plena de la Corte constitucional, conformada por los magistrados, doctores Alfredo
Beltrán Sierra -quien la preside-, Jaime Araujo Rentería, Manuel José Cepeda Espinosa,
Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra, Rodrigo
Uprimny Yepes (e), Álvaro Tafur Galvis y Clara Inés Vargas Hernández, hadictado la
presente sentencia.

I.

ANTECEDENTES

En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, el ciudadano Andrés Rodríguez
Pizarro, demandó los artículos 35, 36, 37, 38, 39 y 40 de la Ley 640 de 2001 “por la cual
se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones”.
Cumplidos los trámites procesales y legales propios del proceso de constitucionalidad, laCorte Constitucional, oído el concepto del señor Procurador General de la Nación, procede
a decidir acerca de la demanda de la referencia.

II.

TEXTO DE LAS NORMAS DEMANDADAS

Se transcribe a continuación el texto de las disposiciones acusadas1.

1

Diario Oficial No 44. 303 de 24 de enero de 2001

Expediente D- 3519
“LEY 640 de 2001”
(5 de enero)
“Por la cual se modifican normas relativas a laconciliación y se dictan
otras disposiciones”
“Artículo 35. Requisito de procedibilidad. En los asuntos susceptibles de
conciliación, la conciliación extrajudicial en derecho es requisito de
procedibilidad para acudir ante las jurisdicciones civil, contencioso
administrativa, laboral y de familia, de conformidad con lo previsto en la
presente ley para cada una de estas áreas.
“Realizada laaudiencia sin que se haya logrado acuerdo conciliatorio
total o parcial, se prescindirá de la conciliación prevista en el artículo 101
del Código de Procedimiento Civil o de la oportunidad de conciliación que
las normas aplicables contemplen como obligatoria en el trámite del
proceso, salvo cuando el demandante solicite su celebración.
“El requisito de procedibilidad se entenderá cumplido cuando seefectúe la
audiencia de conciliación sin que se logre el acuerdo, o cuando vencido el
término previsto en el inciso 1° del artículo 20 de esta ley la audiencia no
se hubiere celebrado por cualquier causa; en este último evento se podrá
acudir directamente a la jurisdicción con la sola presentación de la
solicitud de conciliación.
“Con todo, podrá acudir directamente a la jurisdicción cuando bajo lagravedad de juramento, que se entenderá prestado con la presentación de
la demanda, se manifieste que se ignora el domicilio, el lugar de habitación
y el lugar de trabajo del demandado, o que este se encuentre ausente y no
se conoce su paradero.
“Cuando en el proceso de que se trate, y se quiera solicitar el decreto y la
práctica de medidas cautelares, se podrá acudir directamente a la
jurisdicción.De lo contrario, tendrá que intentarse la conciliación
extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad, de conformidad
con lo previsto en la presente ley.
“Parágrafo. Cuando la conciliación extrajudicial en derecho sea requisito
de procedibilidad y se instaure la demanda judicial, sin perjuicio de lo
previsto en los artículos 22 y 29 de esta ley el juez impondrá multa a la
parte que nohaya justificado su inasistencia a la audiencia. Esta multa se
impondrá hasta por valor de dos (2) salarios mínimos legales mensuales
vigentes a favor del Consejo Superior de la Judicatura.”
“Artículo 36. Rechazo de la demanda. La ausencia del requisito de
procedibilidad de que trata esta ley, dará lugar al rechazo de plano de la
demanda.”

2

Expediente D- 3519
3
“Artículo 37. Requisito de...
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