Sentencia C-239 - 1994
Sentencia aprobada según consta en acta número treinta y uno (31), correspondiente a la sesión de la Sala Plena, llevada a cabo el día diez y nueve (19) del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro (1994), en Santafé de Bogotá, D.C
I. ANTECEDENTES
El ciudadano Manuel G. Salas Santacruz, en uso del derecho consagrado en los artículos 40, numeral 6o. y 241,numeral 4o., de la Constitución, presentó ante esta Corporación demanda de inconstitucionalidad del artículo 1o. (parcial) y de la expresión " disolución" contenida en el inciso segundo del artículo 7o. de la ley 54 de 1990.
Por auto del dos (2) de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993), el Magistrado Sustanciador admitió la demanda, por cumplir con los requisitos legalesestablecidos en el artículo 2o. del decreto 2067 de 1991. En dicho auto, se ordenó la fijación en lista por diez (10) días, para asegurar la intervención ciudadana dispuesta por los artículos 242, numeral 1o., de la Constitución, y 7o. inciso segundo, del decreto 2067 de 1991. Así mismo, se dispuso el envío de copia del expediente al señor Procurador General de la Nación.
Igualmente, les fuéenviada la copia de la demanda, al señor Presidente de la República y al señor Presidente del Congreso, para que, si lo estimaban oportuno, conceptuaran sobre la constitucionalidad de la norma impugnada.
Cumplidos como están los trámites previstos por el decreto 2067 de 1991 y recibido el concepto del señor Procurador General de la Nación, entra la Corte a decidir.
D). CONCEPTO DEL PROCURADOR GENERALDE LA NACION
Con oficio número 361 del once (11) de enero de 1994, el Procurador General de la Nación, doctor Carlos Gustavo Arrieta Padilla, rindió el concepto de rigor, solicitando a la Corte Constitucional declarar EXEQUIBLES los artículos 1o. y el inciso segundo del artículo 7o. de la ley 54 de 1990.
Inicia su concepto el Agente del Ministerio Público, explicando que ley 54 de 1990reguló una realidad social del país: las uniones de hecho, denominadas "concubinatos", las que no tenían un reconocimiento legal. Se corrigió así, dice el Procurador, "una gran injusticia generada por el desconocimiento y desprotección en que el Estado mantuvo a estas uniones", de manera que la ley entró a reconocer una serie de derechos de carácter patrimonial y personal, con susconsecuentes obligaciones y deberes.
En cuanto a los cargos del actor en relación con el artículo 1o., según el agente fiscal, no puede haber el conflicto de normas en el tiempo que el actor prentende plantear, en relación con la aplicación de la ley en comento, ya que antes de su expedición las uniones de hecho no tenían ninguna regulación jurídica.
La jurisprudencia de la Corte Suprema deJusticia había reconocido en dichas uniones una eventual sociedad de hecho, siempre y cuando se demostraran los elementos esenciales de toda sociedad, es decir, el ánimo de asociarse, la conformación de un fondo común y el reparto de utilidades. Igualmente, algunas leyes en materia laboral habían reconocido algún derecho a los concubinos, así como el Código del Menor permite la adopción de unmenor por una pareja en unión extramatrimonial.
Por otra parte, la tradición jurídica de Colombia, a pesar de la derogación del artículo 13 del Código Civil por la ley 153 de 1887, artículo que consagraba la irretroactividad de la ley, ha sido la de no conceder efectos retroactivos a ésta, excepto casos específicos donde la misma ley prevé su retroactividad, con el objeto de mantener laseguridad jurídica y el orden social.
Así las cosas, si el legislador en la ley 54 de 1990 no estableció su retroactividad, no puede otorgarse dicho efecto por vía de interpretación, hecho éste que no puede considerarse como violatorio del principio de igualdad consagrado en el artículo 13 de la Constitución.
En relación con la aplicación de la ley 54 de 1990, el concepto fiscal...
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