Sentencia C-478/03
COSA JUZGADA ABSOLUTA-Existencia
DISCAPACIDAD-Evolución histórica del concepto
DISCAPACIDAD-Instrumentos internacionales de protección
IMPEDIDO-Definición
MINUSVALIDO-Situación de “minusvalía”
PERSONA INVALIDA-Definición
“Toda persona cuyas posibilidades de obtener o conservar un empleo adecuado y de progresar en el mismo queden sustancialmente reducidasa causa de una deficiencia de carácter físico o mental debidamente reconocida”.
DISCAPACIDAD MENTAL-Definición
ASAMBLEA GENERAL LAS NACIONES UNIDAS-Adopción de principios para la protección de los enfermos mentales
DISCAPACIDAD-Concepto amplio
MINUSVALIA-Concepto
DISCAPACIDAD-Definición normativa y precisa
TRASTORNO MENTAL-Definición
ORGANIZACION MUNDIAL DE LASALUD-Clasificación internacional de las enfermedades mentales
PRINCIPIO DE HERMENEUTICA CONSTITUCIONAL DEL DERECHO-Aplicación
DISCAPACIDAD-Protección constitucional reforzada
DISCAPACIDAD-No vulneración del principio de igualdad
ESTADO-Compromiso con personas discapacitadas es doble
CAPACIDAD-Presunción
INTERDICTO-Imposibilidad de celebrar acto o contrato
MATRIMONIO-Nulidad porpresunción legal de falta de consentimiento
MATRIMONIO-Nulidad por falta de consentimiento de quien no se encuentra en interdicción judicial
MATRIMONIO-Razón de ser de la nulidad por falta de consentimiento
NORMA ACUSADA-Términos empleados son contrarios a la dignidad humana y por ende discriminatorios
NORMA ACUSADA-Integración normativa
CURATELA-Origen en el derecho romano clásicoADMINISTRACION DE BIENES-Privación a una persona que por razón de su condición mental no está en capacidad de hacerlo
CURADURIA-Diseño legal
DISCAPACITADO-Instrumentos internacionales que imposibilitan bajo determinadas condiciones ejercer algunos derechos patrimoniales
NORMA ACUSADA-Integración normativa a fin de que el contenido que resulta constitucional no pierda sentido
CASA DELOCOS-Expresión legal arcaica contraría la dignidad humana
INSTITUCION PSIQUIATRICA-Concepto
ENFERMO MENTAL-Principios orientadores y básicos de protección
NORMA ACUSADA-Expresión “de locos” es discriminatoria
CURADURIA-Cesación no contraría la Constitución/CURADURIA-Limitante para el ejercicio de derechos patrimoniales
Referencia: expediente D-4324
Demanda de inconstitucionalidadcontra los artículos 140 numeral 3, 545, 554 y 560 (parciales) del Código Civil.
Actor: Carlos Alberto Parra Dussan
Magistrado Ponente:
Dra. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ
Bogotá D.C., diez (10) de junio de dos mil tres (2003).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y una vez cumplidos los requisitos y trámites establecidos en elDecreto 2067 de 1991, profiere la siguiente
SENTENCIA
I. ANTECEDENTES
En ejercicio de la acción pública consagrada en los artículos 40-6, 241-4 y 242-1 de la Constitución Política, el ciudadano Carlos Alberto Parra Dussan solicitó a la Corte declarar inexequible parcialmente los artículos 140 numeral 3, 545, 554, 560 del Código Civil, por considerar que las expresiones "furiosos locos","mentecatos", "imbecilidad, idiotismo y locura furiosa", "casa de locos" y "tuviere suficiente inteligencia para la administración de sus bienes" vulneran los principios de la dignidad humana e igualdad contenidos en los artículos 1º, 13 y 47 de la Constitución Política. Así mismo solicitó a la Corte que ordenara el reemplazo de las anteriores expresiones.
La Magistrada Sustanciadora,mediante auto del treinta y uno (31) de octubre de 2002 resolvió inadmitir la presente demanda, por cuanto no cumplía con los requisitos establecidos en los numerales 3º y 5º del artículo 2º del Decreto 2067 de 1991, toda vez que el accionante no señaló de manera concreta, específica y directa las razones por las cuales consideró que existía una contradicción entre los segmentos normativos y el texto...
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