Sentencia c-479/1992
Poder vinculante del Preámbulo
Varios de los demandantes fundan la posible inconstitucionalidad de las disposiciones acusadas en una oposición entre éstasy el Preámbulo de la CartaPolítica. En los conceptos rendidos, tanto en este como en otros procesos, el Procurador General de la Nación sostiene que efectuar semejante cotejo resulta improcedente ycita, como respaldo jurisprudencial de su criterio, el fallo proferido por la Corte Suprema de Justicia el 19 de mayo de 1988, basado a su vez en la idea de que el Preámbulo de la Constitución no esuna norma jurídica, ni un conjunto de normas de ese género, sino la expresión de los principios y valores que la comunidad profesa en una determinada etapa de su vida socio-cultural, razón por lacual, siendo el de constitucionalidad un proceso en el que se comparan disposiciones de grado inferior con normas de superior jerarquía, mal se puede determinar la constitucionalidad de un precepto legalpor comparacióncon un principio o valor de género diverso.Esta Corte, por el contrario, estima indispensable reivindicar la concepción jurídica según la cual el Derecho no se agota en las normas y,por ende, el Constitucional no está circunscrito al limitado campo de los artículos que integran una Carta Política.El Preámbulo de la Constitución incorpora, mucho más allá de un simple mandatoespecífico, los fines hacia los cuales tiende el ordenamiento jurídico; los principios que inspiraron al Constituyente para diseñar de una determinada manera la estructura fundamental del Estado; lamotivación política de toda la normatividad; los valores que esa Constitución aspira a realizar y que trasciende la pura literalidad de sus artículos.El Preámbulo da sentido a los preceptosconstitucionales y señala al Estado las metas hacia las cuales debe orientar suacción; el rumbo de las instituciones jurídicas.Lejos de ser ajeno a la Constitución, el Preámbulo hace parte integrante de...
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