Sentencia C-507/2004
Referencia: expediente D-4866 Norma Acusada: Código Civil, artículos 34 y 140, parciales Demandante: Jesús Sanabria Ardila Magistrado Ponente: Dr. MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
Bogotá, D. C., veinticinco (25) de mayo de dos mil cuatro (2004) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y de los requisitos y de los trámitesestablecidos en el decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente, SENTENCIA I. ANTECEDENTES En ejercicio de la acción pública consagrada en el artículo 241 de la Constitución, el ciudadano Jesús David Sanabria Ardila solicitó a esta Corpora ción la declaración de inexequibilidad parcial de los artículos 34 y 140, parciales, del Código Civil. II. NORMA DEMANDADA A continuación se transcribe eltexto de la norma acusada, resaltando la parte demandada:
CÓDIGO CIVIL CAPÍTULO V Definiciones de varias palabras de uso frecuente RELATIVAS A LA PERSONA
(…) Artículo 34.-Llámase infante o niño, todo el que no ha cumplido siete años; impúber, el varón que no ha cumplido catorce años y la mujer que no ha cumplido doce; adulto, el que ha dejado de ser impúber; mayor de edad, o simplemente mayor,el que ha cumplido (veintiún)[1] años, y menor de edad, o simplemente menor el que no ha llegado a cumplirlos. [Las expresiones mayor de edad o mayor, empleadas en las leyes comprenden a los menores que han obtenido habilitación de edad, en todas las cosas y casos en que las leyes no hayan exceptuado expresa mente a estos.][2] (…) LIBRO PRIMERO (…) De las personas
TÍTULO V De la nulidad delmatrimonio y sus efectos Artículo 140.-El matrimonio es nulo y sin efecto en los casos siguientes: 1. Cuando ha habido error acerca de las personas de ambos contra yentes o de la de uno de ellos. 2. Cuando se ha contraído entre un varón menor de catorce años, y una mujer menor de doce, o cuando cualquiera de los dos sea respec tiva mente menor de aquella edad. (…) III. LA DEMANDA Jesús SanabriaArdila considera que los apartes acusados del Código Civil descono cen los artículos 5, 13, 43 y 44 de la Constitución Política. 1. Considera que la razón por la cual las normas acusadas fijan edades diferentes a partir de las cuales los hombres y las mujeres pueden contraer
matri monio es inaceptable constitucionalmente y en consecuencia discrimi natoria por violar el principio de igualdad (art.13, CP); a su juicio se trata de un motivo de carácter histórico que desconoce la realidad psico lógica y psíquica de hombres y mujeres. Dice al respecto la demanda, ―En el año 1873, época en que se adoptó el Código Civil del señor Andrés Bello, no había certeza médica, psicológica ni jurídica acerca del desarrollo psicológico y fisiológico de una persona, fuese hombre o mujer. Es más, aún hoy díano la hay. La ciencia, a pesar de su desarrollo a pasos agigantados, se encuentra en su etapa de infancia. Se estableció entonces la edad de doce años como límite a donde la mujer deja de ser impúber tomando conciencia relativa de sus actos e iniciando su etapa de fertilidad, es decir, que a partir de sus doce años la mujer abandona una incapacidad absoluta convirtiéndose en menor adulta con unaincapacidad relativa para celebrar actos que pueden tener valor en ciertas circunstancias (inciso tercero del artículo 1504 del Código Civil); (…). Contrario al Supraprincipio de la Igualdad, se estableció la edad de catorce años —dos más que para la mujer— como el límite donde el varón deja de ser impúber tomando conciencia relativa de sus actos e iniciando su etapa de fertilidad, es decir, quepara el legislador es a partir de esa edad cuando el hombre abandona su incapacidad absoluta convirtiéndose en menor adulto con una incapacidad relativa para celebrar actos que pueden tener valor en ciertas circunstancias (inciso tercero del artículo 1504 del Código Civil); (…) Como se ha explicado anteriormente, el legislador entendió y plasmó (a mi juicio erróneamente) una desigualdad psico...
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