Sentencia t 094 de 2000
ACCION DE TUTELA CONTRA PERSONA JURIDICA-Canal caracol, programa séptimo día
Cabe destacar que en cuanto a la acción de tutela contra el Canal Caracol - Programa Séptimo Día, no cabe duda acerca de su procedencia, en cuanto éste en su calidad de persona jurídica de naturaleza particular y privada, está encargado de la prestación del servicio público de televisión, y comotal al tenor de los artículos 86 de la Constitución y 42 del Decreto 2591 de 1991, contra él es viable la interposición de la acción de tutela.
PERSONA JURIDICA-Titularidad de derechos fundamentales/PERSONA JURIDICA Y DERECHO AL BUEN NOMBRE
Pese a que las personas jurídicas no sean titulares de todos los derechos constitucionales fundamentales, sí lo son de aquellos que le corresponden según sunaturaleza social y siempre en atención a la definición constitucional de los derechos de que se trate. Por lo tanto, ellas se encuentran legitimadas para solicitar el amparo correspondiente cuando los derechos fundamentales de que son titulares resulten vulnerados o amenazados. Y en la medida en que las personas jurídicas gozan de capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones, sontitulares de derechos fundamentales, como el de asociación que sirve de fundamento para su creación y existencia jurídica. Las personas jurídicas son titulares de derechos como el derecho al buen nombre, entendido como el derecho a la reputación, o sea, el concepto que las demás personas tienen de uno.
LIBERTAD DE INFORMACION-Límites
La libertad no es absoluta, por cuanto conllevaresponsabilidades y deberes sociales; es decir, la información y la noticia deben ser veraces e imparciales, y cuando los hechos o acontecimientos relatados no lo sean, el afectado podrá solicitar la rectificación de la información inexacta o falsa. Y será el presunto afectado con la información quien deberá aportar las pruebas de que las publicaciones realizadas no son veraces, y por lo tanto, no corresponden ala realidad o distorsionan los hechos.
MEDIOS DE COMUNICACION-Responsabilidad social
De ahí que el artículo 20 constitucional consagre el principio de la responsabilidad social de los medios de comunicación, de manera que el periodista no es ajeno a las responsabilidades de orden civil y penal a que está sujeto y que se le pueden exigir cuando incurra en afirmaciones inexactas, calumniosaso injuriosas. Por consiguiente, los medios de comunicación gozan de libertad y autonomía para expresar y comunicar en forma veraz e imparcial la información, pero deben hacerlo de manera responsable, de forma que no se vulneren o amenacen los derechos fundamentales de las personas, dentro del marco del Estado social de derecho. Dicha responsabilidad consiste en asumir el compromiso social dedivulgar las informaciones para el bien de la colectividad, de manera que no se atente contra los derechos de los asociados, el orden público y el interés general. La responsabilidad de los medios surge desde el momento mismo en que se inicia el proceso de obtención, preparación, producción y emisión de la información, durante el cual los principios de la imparcialidad y la veracidad deben prevalecer,en orden a garantizar los derechos fundamentales de las personas, sin que por ello se desconozca el derecho de aquellos de informar libremente, pero siempre dentro de los límites del bien común, del orden justo y del respeto de la dignidad y de los demás derechos de las personas.
MEDIOS DE COMUNICACION-Límites a la libertad
La libertad de los medios de comunicación encuentra restricciones deorden constitucional, que exigen que la información que se suministre sea veraz y objetiva, lo que impone fundamentarla y verificarla antes de publicarla a la opinión pública; rectificar informaciones inexactas, imprecisas o falsas, y utilizar métodos dignos y apropiados para obtener la información.
LIBERTAD DE INFORMACION-Veracidad
La libertad de información tiene por objeto comunicar y...
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