Sentencia t 505 de agosto 28 de 1992

Páginas: 37 (9082 palabras) Publicado: 19 de octubre de 2010
Sentencia T-505/00
DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO-Vulneración por tramitar recurso de reposición en el efecto devolutivo y no en el suspensivo
La Comisión de Televisión violó el debido proceso al dar al recurso de reposición un efecto no querido por el legislador y al forzar la ejecución inmediata de su acto aun antes de que se hubiese interpuesto el recurso y mucho antes de laresolución y notificación del mismo. Resulta evidente que la sociedad demandante tenía derecho a que el acto administrativo no tuviera ejecución durante el tiempo que se tomara el órgano administrativo para resolver sobre el recurso interpuesto. En otros términos, no podía la Comisión, a la luz del Código Contencioso Administrativo, tramitar el recurso en el efecto devolutivo cuando la ley ordena que losea en el suspensivo.
CENSURA-Prohibición en la Constitución Política/LIBERTAD DE EXPRESION-Medios de comunicación
La censura está prohibida en la Constitución, de tal manera que con el mandato superior es incompatible cualquier disposición de la ley que pueda facultar a la autoridad administrativa para impedir que se ejerza la libertad constitucionalmente garantizada a los medios decomunicación, independientemente de su naturaleza. Ellos, según la Carta, aunque tienen a cargo una responsabilidad social -que sólo puede deducirse en forma posterior- son libres y, en el cumplimiento de su función respecto de la sociedad, gozan de la garantía de no ser sometidos en ningún caso ni por motivo alguno a la censura. La administración, según resulta de la Carta Política de 1991, nopuede entrar en los contenidos de la programación de televisión o radio, de las publicaciones impresas, o en cualquier modalidad de comunicación o de expresión, para decidir si pueden o no difundirse.
CENSURA-Límites
La Corte Constitucional entiende que se aplica la censura siempre que los agentes estatales, so pretexto del ejercicio de sus funciones, verifican el contenido de lo queun medio de comunicación quiere informar, publicar, transmitir o expresar, con la finalidad de supeditar la divulgación de ese contenido a su permiso, autorización o previo examen -así no lo prohiban-, o al recorte, adaptación, adición o reforma del material que se piensa difundir. Prohibir, recoger, suspender, interrumpir o suprimir la emisión o publicación del producto elaborado por el medio sonmodalidades de censura, aunque también lo es, a juicio de la Corte, el sólo hecho de que se exija el previo trámite de una inspección oficial sobre el contenido o el sentido de lo publicable; el visto bueno o la supervisión de lo que se emite o imprime, pues la sujeción al dictamen de la autoridad es, de suyo, lesiva de la libertad de expresión o del derecho a la información, según el caso.DERECHO A LA INFORMACIÓN-Naturaleza
EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD-Incompatibilidad de normas
ACCION DE TUTELA-Finalidad
COMISION NACIONAL DE TELEVISION-Estricto cumplimiento de normas legales sobre franjas de programación/DERECHOS DEL NIÑO-Protección frente a presentación de programas para adultos
Teniendo en cuenta los tratados internacionales sobrederechos de los niños, las normas constitucionales del artículo 44 y el Código del Menor, es claro que, si bien la Comisión de Televisión no puede censurar programas, sí está dentro de sus funciones la de velar por el estricto cumplimiento de las normas legales sobre franjas de programación, de modo que los niños no queden expuestos, en las franjas familiares, a la presentación de programas aptossolamente para las de adultos. Ello por el riesgo que se corre, dada la inmadurez de ese grupo de espectadores, de que resulte distorsionado, muchas veces de manera irreparable, el proceso formativo de los menores, con información inapropiada para su edad, sin orientación ni guía pedagógica.
Referencia: expediente T-275486
Acción...
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