Sentencia t-651/07
Acción de tutela instaurada por Mauricio Arango Ospina contra el Instituto de Ciencias de la Salud CES, elevada el 12 de enero de 2007 ante el reparto de los Juzgados PenalesMunicipales de Medellín, aduciendo la vulneración de sus derechos “a la educación y el debido proceso”.
El comité de promociones de la facultad de medicina abrió proceso disciplinario contra 5 de susestudiantes, entre ellos el actor, por haber participado en las riñas y “haber atentado contra el orden disciplinario de la institución”.
Una vez agotados los trámites de instrucción, “consistentes enla recepción de testimonios de estudiantes, personal de la institución, el consejo académico sancionó” al actor “con la cancelación de la matrícula y la expulsión de la institución por un período de 20años”, y a los restantes compañeros unas sanciones de 6 meses a un año y matricula condicional para el resto de la carrera. La Corte Constitucional ha considerado que imponer una sancióndesproporcionada, es un abuso a la autonomía universitaria, toda vez que esta garantía con la cual gozan las instituciones de educación superior, no debe conculcar derechos de carácter fundamental, como en elcaso concreto el debido proceso.
El debido proceso no debe entenderse únicamente como oportunidad de defensa y ritualidad; también implica proporcionalidad en la sanción que se va a imponer, concriterios de igualdad, ponderación, razonabilidad, lo cual no hicieron el Consejo Académico ni el Consejo Superior Universitario del CES.
La institución educativa por medio del secretario jurídico de laentidad, impugnó la decisión al no estar de acuerdo con la determinación adoptada, insistiendo en los argumentos expresados en la respuesta a la demanda de tutela, aduciendo además que “la juez entraa tomar una decisión dentro del proceso, de sancionar al estudiante, facultad que sólo le está dada a la Universidad”, como es la imposición de la matrícula condicional.
El Juzgado Once Penal del...
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