sentencia t 760 2008
de 2008, donde resolvió veintidós acciones de tutela, en las que se solicitaba
proteger el derecho a la salud. Veinte de ellas, fueron presentadas por personas que
requerían acceder a un servicio de salud. Las dos restantes fueron presentadas por
una EPS (Sanitas) que pedía al Ministerio de la ProtecciónSocial, en un caso, y al
Consejo Superior de la Judicatura, en otro, que se ajustara la regulación en materia
de recobros al Fosyga.
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional está compuesta por los
Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa, quien como ponente la preside, Jaime
Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil. La Sentencia T-760 de 2008 tiene 411
páginas, en la cuáles se incluyendos anexos (uno con los antecedentes detallados
de cada uno de los casos y pruebas decretadas por la Corte, y otro con la génesis y
evolución del derecho a la salud en el ámbito internacional e interamericano,
principalmente de los tratados que forman parte del bloque de constitucionalidad).
En la sentencia se resuelven 13 problemas jurídicos, nueve de ellos derivados de los
casos concretos,4 de ellos atinentes a las fallas en la regulación y en la vigilancia del
sistema de salud.
A manera de resumen, La Corte Constitucional reiteró que “el derecho a la salud es fundamental”. Ello no significa que sea absoluto. Sin
embargo, como cualquier derecho fundamental, la salud tiene un núcleo esencial que debe ser garantizado a todas las personas. Además,
el ámbito de dicho derecho puedeser objeto de limitaciones que, para ser admisibles, deben estar justificadas a la luz de los principios de
razonabilidad y proporcionalidad.
Dice la Corte que el derecho fundamental a la salud, comprende, entre otros, “el derecho a acceder a servicios de salud de manera
oportuna, eficaz y con calidad.” Dice también que este derecho es tutelable en diversas circunstancias. Y entre ellas, lajurisprudencia
constitucional ha resaltado las siguientes:
1-Cuando los servicios de salud se requieren, de acuerdo con el concepto del médico tratante, en especial si el servicio fue ordenado en
beneficio de un niño o una niña;
La Corte emplea de manera intencional y en repetidas ocasiones la expresión “Medico Tratante” dentro de los que evidentemente nos
encontramos los 45.000 MédicosGenerales que hay en el país y que representamos el 75 % del total de Médicos que hay en Colombia.
2-Cuando el acceso al servicio es obstaculizado mediante la exigencia previa de que se paguen sumas de dinero, si se carece de capacidad
económica;
Esto quiere decir que aún en los casos en que el paciente no tenga el dinero para pagar la famosa Cuota Moderadora y/o el Copago, el
Sistema esta obligado aprestarle el servicio que le haya ordenado su Medico Tratante.
3-Cuando el servicio que se requiere es un examen o prueba diagnóstica;
En este caso la Corte reafirma nuevamente lo expuesto en la anterior Sentencia (C-463 de 2008) “de manera que se entienda que el
reembolso a que son obligadas las EPS objeto de un fallo de tutela, también se aplica respecto de todos los medicamentos y serviciosmédicos ordenados por el médico tratante no incluidos en el plan de beneficios de cualquiera de los regímenes legales de seguridad social
en salud vigentes.” Y es por esto que es nuestra obligación prescribirle a nuestros pacientes cualquier medicamento o examen de apoyo
diagnostico que dentro de nuestra Autonomía Profesional consideremos nuestro paciente necesite, aún aquellos que no seencuentren en el
POS Contributivo o Subsidiado. Es importante dejar constancia de nuestro accionar en la Historia Clínica ya que de lo contrario podremos
ser juzgados por negligencia al no haberle prescrito a nuestro paciente un examen o un medicamento que pudiera haber agilizado suDiagnostico y/o su Tratamiento.
4-Cuando la persona incumplió el pago de las cotizaciones a la salud, y la EPS se...
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