Sentencia t 902/05
Referencia: expediente T-1124307
Acción de tutela instaurada por Rosario Bedoya Becerra contra la Subsección “A” de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
Magistrado Ponente:
Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA
Bogotá, D. C., primero (1º) de septiembre de dos mil cinco (2005).
La Sala Sexta de Revisión de la CorteConstitucional, integrada por los magistrados Álvaro Tafur Galvis, Humberto Antonio Sierra Porto y Marco Gerardo Monroy Cabra, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
en el proceso de revisión de los fallos adoptados por el Consejo de Estado dentro de la acción de tutela instaurada por ROSARIO BEDOYA BECERRA contra la Subsección“A” de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
I. ANTECEDENTES.
Actuando a través de apoderado, la señora ROSARIO BEDOYA BECERRA, interpuso acción de tutela, por considerar que la sentencia proferida por la Subsección “A” de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, violó sus derechos a la igualdad,debido proceso y defensa, al constituirse una vía de hecho que no tuvo en cuenta parte del material probatorio allegado al expediente en el que se debatía en segunda instancia un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho encauzado por la accionante. La demanda se articula sobre el siguiente relato fáctico:
I.1 Hechos
- La Doctora ROSARIO BEDOYA BECERRA fue designada comoVicepresidente Financiero, Grado 23 Código 0040 de la Empresa Colombiana de Vías Férreas- FERROVÍAS- mediante Resolución No. 0660 de 18 de abril de 1.996.
- La Empresa FERROVÍAS, durante la pasada Administración y por cuenta de quienes la presidieron, se caracterizó por las múltiples y escandalosas irregularidades en los procesos de contratación, que se singularizaron en lesivos contratos para el erariopúblico, de los cuales dieron cuenta las Unidades Investigativas de los diarios de la prensa nacional. De este aserto dan fe las múltiples investigaciones que actualmente adelantan los organismos de control sobre el particular, y el hecho de que uno de sus ex presidentes el señor Julián Palacio Luján, junto con su esposa, se encuentra privado de la libertad por las aludidas anomalías.
- Elmecanismo que utilizaron varios de los Presidentes de FERROVÍAS para evadir los parámetros legales en los procesos de contratación, fue el de pretermitir la necesaria intervención de funcionarios de la Entidad, tales como los Vicepresidentes de Concesiones y el Financiero, así como de la Jefe de la oficina Jurídica, con el propósito de manejar a su antojo delicadas decisiones en materia decontratación, especialmente la licitación del Ferrocarril del Atlántico.
- En mayo de 1.998, ante la comprometida situación del Doctor JULIÁN PALACIO LUJÁN ante los organismos de control, el Gobierno Nacional decidió sustituirlo como Presidente de FERROVÍAS por CIRO VIVAS DELGADO. Una vez posesionado el Doctor VIVAS DELGADO como Presidente de FERROVÍAS, expresó ante todos los funcionarios del niveldirectivo que su misión era depurar a la Entidad frente a las irregularidades que motivaron la desvinculación del anterior Presidente.
- Cuenta la accionante, que desde el primer momento manifestó al nuevo presidente su inconformidad con las actuaciones y decisiones del anterior presidente en los procesos licitatorios adelantados directamente por él, sin contar con la participación o aval por partede la Vicepresidencia Financiera en lo de su competencia, y así se lo había hecho saber directamente al Doctor PALACIO LUJÁN en varias ocasiones tanto verbalmente como por escrito, tal como se puede apreciar en oficio No. 00022 de 27 de Marzo de 1.998. Esta posición de la demandante sobre el particular la consignó en el oficio No. 0042 de 20 de mayo de 1198 dirigido al Presidente de la...
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