Sentencia
Por su ubicación dentro de los diversos análisis que han de realizarse parala correcta aplicación de la Ley Penal, la tipicidad debe valorarse en sus dos momentos: la tipicidad objetiva y la tipicidad subjetiva.
En la primera debe hacerse un estudio del encuadramiento, esto es del perfecto cumplimiento de la conducta verificada por el autor de cada uno de los requisitos del tipo penal. Finalizado este estudio, corresponde cuestionarse si ha habido una voluntadrealizadora del hecho tipificado, es decir, si ha existido el dolo conforme lo describe el artículo 31 del Código Penal.
En la especie se ha acusado la realización de un delito de privación de libertad sin ánimo de lucro, figura descrita en el artículo 191 del Código Penal.
De un análisis de tal figura resulta que el dolo de privación de libertad consiste en realizar ese núcleo típico con un especialelemento subjetivo que consiste en no tener ánimo de lucro, es decir, un aspecto negativo que ha de valorarse en el caso concreto. Tal y como están establecidos los hechos probados de la sentencia, se tiene que el acusado, mediante la utilización de un arma de fuego, logró privar de su libertad al ofendido a efectos de trasladarlo [...] para corroborar su versión sobre el supuesto robo y luego paratrasladarlo [...]. Estos aspectos manifiestan la existencia de un dolo de privación de libertad, pues en modo alguno, puede entenderse que el sujeto haya podido incurrir en error sobre alguno de los elementos del tipo objetivo que hubiera ocasionado la desaparición del dolo específico exigido por el artículo 191 del Código Penal.
Lo mismo sucede en el caso del delito de agresión con arma.
Esteúltimo tipo penal, descrito en el artículo 140 del mismo Código, establece varias acciones que pueden configurarse y que encuentran la posibilidad de ubicarse dentro del ámbito de cobertura del tipo.
Interesa la última acción que consiste en "amenazar con arma de fuego". Resulta evidente que el dolo requerido no se refiere a la agresión propiamente dicha sino, simplemente, a la voluntad realizadorade una amenaza con arma de fuego.
Esto, conforme a los hechos probados de la sentencia, está debidamente configurado en la conducta del acusado, toda vez que encañonando al ofendido logró privarlo de su libertad y trasladarlo a su antojo a diferentes lugares.
El error de tipo no se ha configurado en la especie toda vez que no ha habido un falso conocimiento o ignorancia de ninguno de loselementos típicos y por ende el dolo específico exigido por cada una de las descripciones no ha desaparecido, por lo que no puede aplicarse lo preceptuado en el artículo 34 del Código Penal como lo solicita el recurrente."
Problema adicional:
"Error de prohibición (denominado "de derecho" por el recurrente): El mismo Voto Nº 446-F, antes citado, establece las reglas de interpretación de los problemasjurídicos derivados del artículo 35 del Código Penal y, entre otras consecuencias jurídicas, se ha interpretado que no es posible alegar la falta de dolo, por ejemplo, en un problema de culpabilidad, pues, tal y como quedó expuesto en el fallo antes referido, dicha problemática (la del dolo) quedó reservada exclusivamente para su análisis dentro del juicio de tipicidad y sometida a las reglas de...
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