Sentencia

Páginas: 13 (3235 palabras) Publicado: 6 de agosto de 2012
DISTRITO JUDICIAL DE ANTIOQUIA
JUZGADO PROMISCUO DEL CIRCUITO DE CISNEROS

Cisneros, Antioquia, () de de dos mil doce (2011)


PROCESO: CIVIL No.
DEMANDANTE: CELIA ROSA ORREGO DE QUINTANA
DEMANDADO: SAULA MARINA TOBÓN ARIAS E INDETERMINADOS
RADICADO: 05 190-31-89-001-2010-00067-00
INSTANCIA: PRIMERA
PROVIDENCIA:SENTENCIA No
TEMAS Y SUBTEMAS: PERTENENCIA
DECISION: ACOGE PRETENSIONES DE LA DEMANDA

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Agotada la instancia y sin la observancia de causal alguna que anule lo actuado, se encamina el Despacho a emitir la sentencia que en derecho corresponda, dentro del presente proceso ordinario promovido por la señora CELIA ROSA ORREGO DE QUINTANA contra SAULA MARINA TOBONARIAS.

PRETENSIONES

Con el libelo demandatorio, pretende la demandante a través de apoderado judicial que se declare que por sentencia que haga tránsito a cosa juzgada, que ha adquirido por Prescripción extraordinaria Adquisitiva de Dominio un inmueble que se encuentra situado en el Municipio de Guadalupe – Antioquia, área urbana, cuyos linderos se encuentran enunciados en la escriturapública No. 134 del 18 de mayo de 1963, se trata de un inmueble localizado en la calle 49 No. 50-89 y se trata de un solar con casa de habitación de bahareques y techo de zinc, con sus mejoras y anexidades, situada en este Distrito, Corregimiento de Guadalupe a Angostura, el cual se determina por los siguientes linderos: ”Por el frente con el callejón mencionado; por el lado derecho linda conherederos de Rómulo Vásquez; partiendo del callejón por unas matas de penca y unos quiebrabarrigos, en línea recta hasta lindar con Pascasio Gil; por el lado izquierdo linda con propiedad de las Orregos; partiendo del callejón en línea recta hacia atrás por unos quiebrabarrigos, hasta llegar otra vez con Pascasio Gil. Identificado con Matrícula Inmobiliaria No. 025-0022849 de la Oficina de InstrumentosPúblicos de Santa Rosa de Osos (Ant).

Consecuencialmente, se ordene la inscripción de la sentencia en el folio de matrícula mencionada de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Rosa de Osos, Antioquia.

Como fundamento a tales pretensiones se esbozaron los siguientes,


HECHOS

“1. La señora CELIA ROSA ORREGO DE QUINTA, es poseedora material del siguiente bieninmueble: lote de terreno y casa de habitación en él construida, distinguido con la nomenclatura urbana 50-89 de la calle 49 del municipio de Guadalupe (Antioquia) y matrícula inmobiliaria No. 025-0022849, cuya distinción, ubicación y linderos se describen en la escritura pública No. 134 del 18 de mayo de 1963, emanada de la Notaría Única de Carolina del Príncipe (Antioquia), en la siguiente forma:“un solar con casa de habitación de bahareques y techo de zinc que será demolida, con sus mejoras y anexidades, situada en este Distrito, corregimiento de Guadalupe, en el callejón que da salida de Guadalupe a Angostura, el cual se determina por los siguientes linderos “Por el frente con el callejón mencionado; por el lado derecho linda con herederos de Rómulo Vásquez; partiendo del callejóncallejón por unas matas de penca y unos quiebrabarrigos, en línea recta hasta lindar con Pascal Gil. Por el lado izquierdo linda con propiedad de las Orregos; partiendo del callejón en línea recta hacia atrás por unos quiebrabarrigos, hasta llegar a linderos otra vez con Pascasio Gil”. Posesión que se ha ejercido de manera pública, pacífica e ininterrumpida por espacio superior a 20 años.

2. Mirepresentada entró en posesión material del inmueble hace 35 años, mediante entrega realizada por la señora SAULA MARINA TOBÓN ARIAS, en virtud del contrato de compraventa celebrado en forma verbal entre ellas, y que versó sobre el lote de terreno descrito en el hecho anterior, el cual no se plasmó por escrito, ni se protocolizó en debida forma, en atención a que la vendedora, señora SAULA...
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