sentencia
“El beneficio de inventario consiste en no hacerlos herederos que aceptan, responsables de las obligaciones hereditarias o testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes, que han heredado”.
El beneficio de inventario consisteen que los herederos no aceptan ni se hacen responsables de las obligaciones hereditarias o testamentarias, es decir de cualquier deuda que haya quedado pendiente, sino hasta que se liquiden y quededisponible el valor total de los bienes heredados.
Es importante aclarar que si hay varios herederos y algunos quieren aceptar con beneficio de inventario y otros no, la ley obligará a todos ellos aaceptar con beneficio de inventario.
El beneficio de inventario es una de las formas de aceptar una herencia gracias a la cual los aceptantes no adquieren responsabilidad personal por lasobligaciones de la masa hereditaria (deudas). Estas obligaciones se cubrirán única y exclusivamente con los bienes y/o derechos de la propia masa hereditaria, sin afectar el patrimonio de los sucesores. Laaceptación pura y simple, en cambio, supone la asunción de responsabilidad de las deudas por parte de los sucesores.
2. Beneficio de separación: El beneficio de separación busca que las deudas de losacreedores testamentarios o hereditarios se cumplan de preferencia a las obligaciones propias del heredero. De este beneficio solo pueden gozar los acreedores testamentarios o hereditarios.
Losacreedores hereditarios y los acreedores testamentarios podrán pedir que no se confundan los bienes del difunto con los bienes del heredero; y en virtud de este beneficio de separación tendrán derecho a quede los bienes del difunto se les cumplan las obligaciones hereditarias o testamentarias, con preferencia a las deudas propias del heredero
3. Capacidad sucesoral: según el artículo 1014, pues...
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