sentencia
RESEÑA HISTORICA:
1. COORPORACION QUE EMITE EL FALLO: Corte Constitucional.
2. CIUDADY FECHA: Santafé de Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mesde mayo de mil novecientos noventa y cuatro (1.994)
MAGISTRADO PONENTE: Dr. Carlos Gaviria Díaz
DEMANDANTE: SOCHANDAMANDOU
NORMA DEMANDADA: Artículos 51 y 87 de la Ley 30 de 1986
HECHOS: lossiguientes motivos son señalados por el demandante para que sean declarados inexequibles el del artículo 2o. y el artículo 51 de la ley 30 de 1986
Las normas acusadas violan el artículo 366 de laConstitución, Si el Estado no puede garantizar la recuperación de la salud de los enfermos psicofisiológicos de drogadicción o toxicomanía, porque no existe clínicamente el tratamiento radical y científicoque asegure su curación, tampoco puede el Estado impedir o limitar el uso del medicamento que le procura alivio al sufrimiento del enfermo.
Las normas acusadas violan los artículos 5, 28, 29, 34 y 49de la Carta Política, porque los drogadictos y toxicómanos son enfermos psicofisiológicos, estén o no bajo los efectos de un estupefaciente; "el Estado no puede sancionar con pena o medida deseguridad el derecho inalienable de las personas a estar psicofisiológicamente enfermas por cualquier causa, inclusive de drogadicción o toxicomanía."
Añade el accionante que las normas acusadas violan losartículos 28 y 95 numeral 1° de la Carta, pues no se "puede penar a quienes simplemente consumen estupefacientes, porque con su conducta no perjudican a persona diferente a ellos mismos."
Afirma elaccionante que la discriminación impuesta por la Ley 30 de 1.986 para los toxicómanos distintos al alcohólico y el nicotinómano, no sólo es apreciable si se mira a los otros enfermos incurables y a losotros toxicómanos, sino que la Ley impone también una discriminación entre los drogadictos más y menos afectados. La cantidad de droga que un toxicómano requiere diariamente, depende de su grado de...
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