Sentencia

Páginas: 38 (9352 palabras) Publicado: 14 de octubre de 2012
sentencia
Sentencia C-210/97
 
CODIGO DISCIPLINARIO UNICO-Derogación de disposiciones anteriores/ACOSO SEXUAL POR DOCENTE-Responsabilidad
El artículo 125 de la ley 115 de 1994 está derogado, por haber entrado a regir el Código Disciplinario Único, código que es aplicable al personal docente al servicio de establecimientos educativos estatales. Por consiguiente, la Corte se inhibiráde pronunciarse. Por las mismas razones, los reglamentos específicos en materia disciplinaria, anteriores a la ley 200 de 1995, también se encuentran derogados y las disposiciones a las que el artículo 125 remitió corren igual suerte, por ser anteriores al Código Disciplinario Único. Sin embargo, lo anterior no significa que la conducta de un docente que, abusando de su autoridad, ejecute actosde violencia o actos que atenten contra la moral, especialmente de los alumnos, haya dejado de ser objeto de investigación y sanción disciplinaria. Por el contrario, esta clase de comportamientos puede estar contemplada en el Código Disciplinario Único, en algunos de sus artículos, sin descontar la eventual responsabilidad penal en que pueda incurrir. En el ámbito disciplinario están previstasnormas encaminadas a investigar y sancionar a los docentes que incurran en cualquier forma de violencia contra sus alumnos, haciendo una interpretación armónica de las normas contenidas en el Código Disciplinario Único y la Constitución. Cuando alguien es víctima de conductas como las descritas, el Estado cuenta con los mecanismos constitucionales, disciplinarios, penales, etc., que, aunque nomencionan en forma expresa la conducta denominada "acoso sexual", sí permiten investigar y sancionar a quien incurra en abusos como los descritos, especialmente si se trata de educadores frente a menores de edad.
DERECHO A LA IGUALDAD-Prioridad para el ingreso y estudio gratuito de hijos/DERECHO A LA EDUCACION-Gratuidad
La norma acusada establece una prioridad para el ingreso y el estudiogratuito a los establecimientos educativos estatales, para los hijos de algunos servidores públicos. Se consagra un privilegio para acceder a los establecimientos educativos estatales, por razones que no corresponden a los méritos académicos personales del aspirante, sino a una situación externa a ellos, como el ser hijos de personal de educadores, directivo o administrativo, o hijos de los miembrosde las fuerzas armadas y de la policía nacional, muertos en servicio activo. Consagrar un privilegio por estas circunstancias viola el artículo 13 de la Constitución, pues desplaza a otros aspirantes que cuentan con los suficientes merecimientos personales para el ingreso a dichos establecimientos. El estudio gratuito en los establecimientos del Estado se refiere no sólo a servidores públicossino, en general, a quienes ingresen a tales establecimientos educativos. Por consiguiente, viola la Constitución el artículo 186, que consagra este privilegio sólo para algunos servidores públicos, pues constituye una restricción no prevista por la norma constitucional. Sin embargo, el hecho de considerar el artículo 186 inconstitucional, por ninguna razón debe entenderse como un desconocimiento ala labor que desempeñan los educadores en la sociedad, o que la Corte sea indiferente a la situación en que pueden llegar a encontrarse los hijos de los miembros de las fuerzas armadas que han fallecido en servicio activo. El problema radica en que la norma consagra una distinción que la Constitución no hace.
 
 
Referencia: Expediente D-1442Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 125 y 186 de la ley 115 de 1994, "por la cual se expide la Ley General de Educación".
Demandante: Martha Patricia Ayala Romero.
Magistrada Ponente (E):
Dra. CARMENZA ISAZA DE GÓMEZ.
Sentencia aprobada en Santafé de Bogotá, D.C., según consta en el acta...
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