sentencia

Páginas: 49 (12071 palabras) Publicado: 14 de octubre de 2014
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
Ponencia del Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

En el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue la ciudadana MIREYA BEATRIZ ORTA DE SILVA, representada judicialmente por la abogada Teresa de Jesús Mijares de Aponte contra la FEDERACIÓN NACIONAL DE PROFESIONALES DE LA DOCENCIA-COLEGIO DE PROFESORES DEVENEZUELA (FENAPRODO-CPV), representada judicialmente por los abogados Edgar Bazán Rivero, Jenny Mery Falcón Catari y Juan Rodríguez Palacios, el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de noviembre de 2001 dictó sentencia definitiva, subsanando en ella, el defecto de actividad que hubiere declarado con lugar esta Sala de CasaciónSocial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de agosto de 2001, con ocasión del recurso de casación que interpusiera la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial antes citada. En la enunciada decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial ut supra, se declaró sin lugar la apelaciónejercida por la parte demandada, y con lugar la demanda incoada.

Así, contra la referida decisión de alzada, la parte demandada anunció recurso de casación, y una vez admitido, se ordenó la remisión del expediente a esta Sala de Casación Social.

Mediante escrito de fecha 14 de febrero de 2002, la representación judicial de la parte demandada formalizó elpresente recurso de casación. No hubo impugnación.

Recibido el expediente se dio cuenta en Sala en fecha 14 de febrero de 2002, y se designó ponente al Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz.

Concluida la sustanciación del recurso y cumplidas como han sido las formalidades legales, pasa esta Sala a dictar sentencia bajo la ponencia del Magistrado que con tal carácter lasuscribe, con base en las consideraciones siguientes:

RECURSO POR DEFECTO DE ACTIVIDAD

-I-

De conformidad con el ordinal 1º del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se denuncia la infracción por la recurrida de los artículos 243, ordinal 4º, 12 y 509 eiusdem, al incurrir en el vicio de inmotivación por silencio de pruebas, y específicamente con relación aciertas pruebas instrumentales.

Al sostener la denuncia, afirma el recurrente:

“(...) Ciudadanos Magistrados, nuestra representada, quien funge como parte demandada en el presente proceso, ha reconocido expresamente que la carga de la prueba es de su total incumbencia como consecuencia de haber alegado un hecho nuevo -la inexistencia de la relación laboral invocada por la parteactora- ya que en el escrito de contestación se invocó que entre esta y nuestra representada sólo existió un contrato de intermediación en lo referente a la materia de recuperaciones y regida por una relación de normas contenidas en la vigente Ley de Seguro y Reaseguro, así como la circunstancia nueva de que la demandante tenía a su cargo trabajadores según lo estipulado en el contrato por laspartes, esta representación igualmente denuncia inmotivación en la sentencia por silencio de pruebas documentales. (...)
(...) En efecto, a los folios 9 al 19 de la recurrida, consta el análisis de las pruebas documentales realizado por la recurrida: (...)

(...) Ciudadanos Magistrados la recurrida no presenta motivación de hecho ni de derecho sobre la valoración de dichas instrumentales,conformándose solamente con señalar que no fueron atacadas por la parte contraria y que se aprecien en el mérito probatorio, pero no señala a que conclusión llega sobre los hechos demostrados con tales instrumentales y que normas son aplicadas a tales instrumentales en cuanto a su promoción y evacuación, dándose valor probatorio a documentales que entre sí se contradicen.



Al decidir, se...
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