SENTENCIA

Páginas: 8 (1888 palabras) Publicado: 18 de enero de 2015
SALA CONSTITUCIONAL
MAGISTRADO-PONENTE: JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

El 6 de marzo de 2001, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, dictó sentencia mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida el 1° de marzo de 2000, por la abogada Gaudys María Domínguez Parra,actuando en su carácter de apoderada del ciudadano JAIME RAMÓN HAMBER, contra la sentencia dictada el 4 de octubre de 2000, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en el juicio que el mencionado ciudadano siguiera contra Abdiel Muñoz, en presunta violación del derecho constitucional al debido proceso.

El 27 demarzo de 2001, se dio cuenta en Sala del presente expediente, en virtud de la consulta establecida en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y se designó ponente al Magistrado que, con tal carácter, suscribe la presente decisión.



ALEGATOS DEL ACCIONANTE

Alega el accionante que el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantily Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo como tribunal de alzada, dictó una sentencia mediante la cual “acuerda una tercería a la parte demandada, la cual había sido negada por el tribunal de la causa”. Aduce el accionante que: “...el juez de la causa no debió oir apelación de conformidad con lo establecido en el artículo 894 del Código de Procedimiento Civil. Expresa,asimismo, que “...para admitirse la terceria (sic) debio (sic) acompañarse la prueba documental que en este caso seria (sic) el contrato de arrendamiento el cual no existe ni siquiera en copia fotostatica (sic) lo que de conformidad con el artículo 382 del codigo (sic) de procedimiento civil, no debio (sic) acordarse la terceria (sic) solicitada...”.

En esos términos, alega la apoderada judicial de laaccionante que “fue bulnerado (sic) el articulo (sic) 49 de la constitución (sic) Bolivariana de Venezuela (sic), como lo es el debido proceso, también fue bulnerado (sic) el articulo 894 del código de procedimiento civil (sic), asi (sic) mismo no se tomo (sic) en cuenta lo que establece el articulo (sic) 382 del codigo de procedimiento civil (sic)”.

FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA CONSULTADAEl a quo declaró inadmisible la acción de amparo intentada y fundamenta su decisión en las siguientes razones:

“... para que proceda una acción de amparo contra una decisión judicial es necesario que el Juez supuestamente infractor haya actuado fuera del ámbito de su competencia, dictando una sentencia con abuso de poder y quebrantando de esa manera garantías constitucionales.
Nada de loanterior se desprende de la solicitud de amparo. La recurrente se limita a exponer consideraciones de carácter legal conforme a las cuales y en su opinión, la sentencia en cuestión fue indebidamente proferida. Dicho de otra manera, la recurrente se limita a señalar su desacuerdo con la decisión judicial, y sin dar razones ni elementos de conexidad, ni indicar por qué el Juez incurre en abuso de poder,se limita a afirmar que la sentencia quebranta el artículo 49 de la Constitución nacional.
Este Tribunal entiende que lo que se atribuye al Juez supuestamente infractor es un error de juzgamiento y ha sido opinión de nuestra doctrina y jurisprudencia que los errores de juzgamiento no son materia de recurso de amparo. En este sentido conviene citar sentencias de 09 de agosto de 2000 y 14 de agostode 2000 dictadas por la sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y recaídas en los expedientes Nros. 00-0799 y 00-0435, publicadas en jurisprudencia RAMÍREZ & GARAY, agosto- septiembre año 2000, Nro. 168. Y es que cuando tal circunstancia existe no puede afirmarse que la decisión que contenga el supuesto error de juzgamiento quebrantante (sic) de manera evidente y grosera garantías...
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