SENTENCIA
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado Ponente
Referencia No.36.035
Acta No.010
Bogotá, D.C., cinco (5) de abril de dos mil once
(2011).
Resuelve
la
Corte
el
recurso
de
casación
interpuesto por el INSTITUTO DE RECREACIÓN Y DEPORTE
„I.D.R.D.’ contra la sentencia proferida por el TribunalSuperior de
Sincelejo, el 19 de julio de 2007 (Sala de Descongestión), en el
proceso ordinario laboral que en su contra y del CENTRO DE
ESTUDIOS EN RECREACIÓN Y DEPORTES ‘CEAD’ y la
UNIVERSIDAD DISTRITAL „FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS‟
promovió GABRIEL JAIME CARDONA OROZCO.
I. ANTECEDENTES
En lo que al recurso interesa es suficiente decir
que el Instituto fue convocado al proceso como demandadosolidario del demandante, quien persiguió que una vez se
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declarara la existencia de un contrato entre él y todos los
demandados
a
término
indefinido,
el
cual
fue
terminado
intempestivamente y sin justa causa por los empleadores, fueran
condenados a pagarle, indexados, todos los valores que relacionó
en la demanda porconcepto de salarios, prestaciones sociales e
indemnizaciones, aduciendo para ello, básicamente, que mediante
comunicación de 31 de octubre de 2003 el Gerente Liquidador del
Centro de Estudios en Recreación y Deporte ‘CEAD’, le notificó
que el contrato de trabajo que desde el 15 de enero de 1997 tenía
celebrado, inicialmente a término fijo pero que luego
“se convirtió en
indefinido por prorrogarse pormás de tres períodos iguales”, “quedaba terminado”,
sin que a la fecha de presentación de la demanda se le hubieran
cubierto los conceptos que por tal acto injusto se ocasionaron.
II. CONTESTACIÓN A LA DEMANDA
La Universidad demandada desconoció haber
tenido vínculo laboral alguno con el demandante y no existir razón
legal
para
responder
solidariamente
por
las
obligaciones
reclamadas.Propuso las excepciones de inexistencia de contrato
de trabajo entre ella y el actor y, por ende, falta de causa para
demandar.
El IDRD se pronunció en términos similares a los
de la Universidad demandada, y el ‘CEAD’, aun cuando aceptó
haber tenido vínculo laboral con el demandante adujo que lo fue
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“bajo la modalidad decontrato a término fijo y a partir del 15 de enero de 1997
hasta el 31 de diciembre de 1997”,
relación, sino que
y que no fue él quien terminó dicha
“fue el demandante quien presentó su renuncia al cargo que
venía desempeñando mediante comunicación escrita de fecha 8 de octubre de
2003”,
por lo que nada le adeuda. A su vez, propuso las
excepciones de inexistencia de la obligación por falta decausa,
prescripción y buena fe.
III. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
Por fallo de 3 de junio de 2005, el Juzgado de
conocimiento, que lo fue el Tercero Laboral del Circuito de Bogotá,
absolvió a los demandados de las pretensiones del actor, a quien
impuso las costas.
IV. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL
La alzada se surtió por consulta y terminó con la
sentencia atacada en casación, mediante la cual elTribunal de
Sincelejo, que conoció de dicho grado jurisdiccional por razón de
las
medidas
de
descongestión
adoptadas
por
la
Sala
Administrativa del Consejo Superior de de la Judicatura, revocó la
de su inferior y, en su lugar, declaró
“la existencia de un contrato de
trabajo a término fijo entre el actor y el CENTRO DE ESTUDIOS EN RECREACION
Y DEPORTES „CEAD‟ desde el 15 de enero de 1997prorrogándose sucesivamente
hasta el 15 de noviembre de 2003 cuando terminó de forma unilateral y sin juta(sic)
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causa”,
y condenó a los demandados a pagar en forma solidaria al
actor $47’496.927,18, por concepto de salarios adeudados,
cesantías e intereses, prima de vacaciones y vacaciones, y la
suma de $3’600.000,00, por...
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