sentencias
VISTOS
PRONUNCIADA EN EL JUZGADO DE PARTIDO PRIMERO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA CAPITAL EN FECHA DIECIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, DENTRO DEL PROCESO ORDINARIO DE REDUCCIÓN Y REINTEGRO DE LA LELÍTIMA DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2013, INTERPUESTO POR CELIA NÚÑEZ HILARIÓN, CONTRA AMERICA CELESTE MARTINEZ VALLEJOS.
CONSIDERANDO I
I
Laseñora CELIA NÚNEZ HILARIÓN, por el memorial presentado de fs. 11, en vía ordinaria, instaura la demanda de reducción y reintegro de legitima, que mediante testamento se estableció los bienes del su señor padre ARMANDO NÚÑEZ PUITA, y que mediante legado dejaba una de las dos casas a AMERICA CELESTE MARITINEZ VALLEJOS, refiriendo a que este legado se debe a una manera de agradecimiento por losmuchos años de servicios brindado por la señora, sobrepasando la porción disponible que señala la ley para liberalidades, ello afecta la legitima de la única heredera forzosa, no se determina el porcentaje de libre disposición.
Fundamenta su demanda en el Art. 56 de la Constitución Política del Estado, Arts. 1059, 1067, 1068, 1070, del Cod. Civil, referido a la legitima de los herederos, la porcióndisponible, reducción y reintegro de la legitima.
II
Habiéndose admitido la demanda conforme dispone el Art. 334 del Cod. Pdto. Civil, se corre en traslado la demanda, quien es citada de la siguiente manera: AMERICA CELESTE MARTINEZ VALLEJOS es citada personalmente conforme consta a fs. 13, responde, que ella con el señor Armando Núñez Hilarión, realizaron un contrato de Compraventa, de lareferida casa, por un monto que ella debía pagar en un plazo de seis meses desde que se suscribió dicho contrato, en el cual refiere que una vez que ella iba a terminar de pagar el monto acordado, iban a formalizar el documento ante Notario de Fe Publica y posterior inscripción en DD.RR. pero desgraciadamente el señor falleció un después, no pudiendo cancelarle, el resto del dinero, y menciona que elmonto que el señor Armando Núñez Puita tenía en la cuenta de Banco era el monto que inicialmente ella le había cancelado, por tanto la casa si le pertenece , y más cuando el señor le dejo en legado dicha casa, y que por tanto ella no tendría por qué renunciar al derecho que se entregó,
III
Habiéndose quedado traba la relación procesal, advirtiéndose que existen puntos controvertidos quenecesariamente debe ser demostrados con prueba idónea, por auto interlocutorio fs. 107 vta. al 178 vta., se calificó el proceso como ordinario de hecho, además de establecer los puntos de hecho a probar, toso en cumplimento de los Arts.. 453, 354 parágrafo I. 370 y 371 del Cod. Pdto. Civil.
CONSIDERANDO II
En el desarrollo del proceso, se llega a producir la siguiente prueba.
A.- DE CARGO:INSTRUMENTAL.-
A fs.2, cursa extracto emitido por el Registro Civil, sobre la Parida de nacimiento de JEANNETH SUSANA COCA RIOS, nacida en esta ciudad de Potosí, en fecha 10 de enero de 1981, cuyos padres son los señores VALENTON COCA ANCIETA y ANGELICA RIOS LOPEZ. A fs. 2 bis, certificado de Nacimiento de OSCAR COCA RIOS, nacido en Potosí, en fecha a1 de noviembre de 1947, cuyos padres son VALENTINCOCA y ANGELICA RIOS . a fs. 5 al 7, Testimonio expedido en fecha 26 de septiembre de 2005 por el Juzgado de Instrucción 3° en lo Civil de la Capital del proceso Voluntario de declaratoria de Herederos seguido por NELIDA FANNY, ESTHER DINA, JEANNETH SUSANA, OSCAR SANTOS, MARTHA, VICTOR HUGO, PABLO RIGOBERTO CARLOS y ALBERTINA, de apellidos COCA RIOS, quienes por resolución judicial en fecha 26 deseptiembre de 2005, son declarados herederos legales, forzosos y ad-intestato de todos los bienes, acciones y derechos relictos al fallecimiento de sus padres VALENTIN COCA ANCIETA y ANGELICA RIOS LOPES. A fs. 8 al 9 cta.., cursa en fotocopias legalizadas el Testimonio N° 81/81 de fecha 11 de 11 de abril de 1981, de la Escritura Pública de Transferencia de parte de una casa otorgada por el...
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