Separacion de Bienes en Cataluña
En caso de que no se desee eseregimen matrimonial, se deberá comunicar a la autoridad correspondiente antes de la celebracion del matrimonio.
El art. 37 del Código de Familia indica que en este régimen cada uno de los cónyugestiene la propiedad, el goce, la administración y la libre disposición de todos sus bienes dentro de los límites establecidos por la Ley.
Si se opta por régimen de separación de bienes cada cónyugeserá propietario de los bienes que tuviese en el momento inicial del matrimonio y los que después adquiera por cualquier título. Cada uno administrará y disfrutará de sus bienes libremente.
Además, lasobligaciones contraídas por cada cónyuge serán de su exclusiva responsabilidad.
Otras caracteristicas serían:
Los patrimonios se encuentran vinculados a contribuir al sostenimiento de los gastosfamiliares, de acuerdo con los pactos establecidos entre los cónyuges.
Los patrimonios conyugales se encuentran vinculados por la responsabilidad solidaria de las deudas contraídas por para atender losgastos domésticos, y ante terceros acreedores, ambos cónyuges responderan solidariamente de las obligaciones familiares, siempre que se trate de gastos adecuados a los usos del nivel de la familia, yexcluyendo lo que se excedan y hayan sido contraídos por uno de los cónyuges de forma independiente.
Respecto a las cuentas corrientes conjuntas, se da una norma protectora de los acreedores de loscónyuges, pero permite determinar cuales son los derechos de los titulares de las cuentas cuando se dice que, en caso de embargo el cónyuge no deudor puede excluir del embargo los importes queacredite que le pertenecen con carácter exclusivo.
En relación a la vivienda habitual y los objetos de uso ordinario que se encuentran en ella, se limitan las actuaciones que comprometen el uso de la...
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