sergio
1.- El corretaje pertenece a una forma especial de la locatio conductio operis, por que el corredor lo que hace es prestar el efecto útil de sus servicios, al lograrla concertación del negocio por las partes a quienes estuvo dirigida su gestión
2.- para los efectos del corretaje, es indiferente la iniciativa de la persona que estimula la actividad del corredor,pues para sus efectos contractuales, lo mismo es que la iniciativa la hubiese tomado el, o alguna de las personas que celebren el contrato.
3.- el corredor es una persona mediadora, y por tantoejerce su actividad de manera autónoma y no sujeto a directrices que le indique algunos de los futuros contratantes.
4.- los futuros contratantes son libres en todo momento de concluir o no el negocio quecon su conocimiento y consentimiento, el corredor procura su celebración definitiva.
5.- así mismo, el corredor puede en cualquier momento desistir de su gestión mediadora. Tanto en este caso comoen el caso anterior, el comportamiento así asumido, no causa ninguna responsabilidad contra ninguno de los contratantes.
6.- una vez que los futuros contratantes concierten el negocio en el cual amediado el corredor, este tiene derecho al pago de su corretaje.
7.- la renumeración la debe, bien el contratante que solicito sus servicios, o ambos contratantes, si el negocio que celebraron fueproducto de la iniciativa del corredor, o bien por requerimiento de sus servicios por parte de ambos.
8.- el monto de la renumeración esta determinados principalmente por la cuantía del negocio celebrado,con base en un porcentaje del mismo o por bien por los usos del lugar o finalmente mediante previo acuerdo con los futuros contratantes.
9.- el pago del corretaje corresponde por tanto a cada uno delos contratantes por separados, sin “solidaridad de compromisos”, en virtud de la imparcialidad que se presume de su actuación.
10.- La acción para intentar el cobro del corretaje, prescribe en...
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