Servicios Médico Extrainstitucionales
Una vez erogado el gasto se debe presentar la solicitud de reembolso en un término máximo de 130 días hábiles, contados a partir dela fecha en que ocurran los hechos motivo de la erogación. Cualquier solicitud que se promueva una vez transcurrido el término concedido para tal efecto, se tendrá por no presentada
Ladictaminación de la solicitud corresponderá a la Comisión, cuando el monto de la solicitud no rebase el importe de 250 veces el Salario Mínimo General diario, vigente en el Distrito Federal; cuando la solicitudexceda de dicho importe, corresponderá al Comité su dictaminación, de acuerdo con las pruebas e informes aportados por los derechohabientes, por las Unidades Médicas involucradas y los tercerosrelacionados.
Independientemente de lo anterior, el Comité podrá dictaminar la solicitud de reembolso, cuando a su juicio resulte conveniente, sin importar su monto.
En caso de que por la complejidad delasunto presentado, se requiera de información adicional o bien, la opinión de especialistas en la materia, el plazo para la dictaminación y notificación correspondientes, será de 140 días hábiles.
Enel supuesto de que no se dictamine y notifique en los términos señalados en los párrafos anteriores, debe entenderse que la solicitud de reembolso ha sido improcedente
El dictamen recaído a lasolicitud de reembolso, podrá tener los siguientes efectos:
• Desecharla;
• Tenerla por no presentada;
• Declararla procedente, total o parcialmente; y
• Declararla improcedente
Elpromovente que esté inconforme con el dictamen de desechamiento, improcedencia o procedencia parcial recaído a su solicitud de reembolso, podrá interponer, por una sola vez, la reconsideración del...
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