Servicios Profesionales
Nosotros: JORGE JHONY HANDAL HAWIT, mayor de edad, casado, Ingeniero Agrónomo, de este domicilio con Identidad Número 1804-1953-01396, actuando en su condición de Ministro Presidente Ejecutivo y Representante Legal del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO AGRICOLA (BANADESA), nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo Número A-336-2010 de fecha 16 de abril del 2010emitido por el Presidente de la República a través de la Secretaria de Agricultura y Ganadería y Acuerdo Numero 245-2010 del 27 de mayo del 2010, emitido por el Presidente de la República a través de la Secretaria de Estado en los Despachos Gobernación y Justicia hoy Ministerio del Interior y Población y el BANCO NACIONAL DE DESARROLLO AGRICOLA (BANADESA) institución autónoma del estado, creadamediante decreto numero Novecientos Tres (903) de fecha veinticuatro de Marzo de Mil Novecientos Ochenta, quien en adelante se denominará “BANADESA” y DIANA GABRIELA RAMÍREZ FLORES, mayor de edad, hondureña, soltera, abogada, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, con identidad número 0801-1989-07610, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras con carnet número 17955 y Despacho Legalubicado en Edificio López Álvarez, Col. La Granja segundo piso, número de teléfono 3245-5380, con correos electrónicos dram2888@yahoo.com y dianagabrielaramirez@gmail.com, quien en adelante se denominará “APODERADO LEGAL” hemos acordado suscribir, el presente contrato de Prestación de Servicios Profesionales Legales, en la recuperación de créditos de conformidad a la cláusula siguiente: PRIMERO:BANADESA expresa que por este medio contrata los servicios de la Abogada DIANA GABRIELA RAMÍREZ FLORES quien colaborará con las Agencias ubicadas en Comayagüela, Comayagua, así como cualquier otra asignación, recuperación judicial y extrajudicial de los créditos en los casos que le sean encomendados y delegados. SEGUNDO:BANADESA otorgará al APODERADO LEGAL un PODER GENERAL PARA PLEITOS, en el cual se consignarán las facultades que se le conceden. TERCERO: La asignación de cada caso quedará a criterio y disposición de BANADESA quien proporcionará al APODERADO LEGAL la información pertinente para ejecución de la labor legal asignada. CUARTO: El ApoderadoLegal se obliga a realizar originalmente el cobro en forma extrajudicial, etapa dentro de la cual deberá advertir al deudor sobre las consecuencias de la Demanda Judicial y dispondrá de 40 días calendario para incoar las demandas judiciales respectivas, para lo cual deberá solicitar por escrito y con suficiente antelación la documentación original necesaria a la agencia correspondiente; casocontrario el BANADESA estará en la plena facultad de poder retirarle la cartera asignada. Lo anterior tiene las siguientes excepciones: a) Cuando por producto de la gestión extrajudicial, se formalice un arreglo de cartera; b) Cuando solicite formalmente la documentación respectiva para la acción judicial y esta no es proporcionada en tiempo oportuno por el Gerente de la Agencia; c) Cuando no seencuentre la documentación original para demandar y no quede otra opción al Colaborador Jurídico que la recuperación por la vía extrajudicial. QUINTO: BANADESA reembolsará al APODERADO LEGAL los gastos de trámite de la demanda, tales como Auténticas, Requerimientos, Avisos, Inscripciones y Embargos, siempre y cuando los mismos hayan sido realizados y sean debidamentesustentados con la documentación del caso; Los honorarios a aplicar serán los siguientes: a) Extrajudicial: Si el monto del préstamo al momento de su asignación fuere igual o menor a ochenta mil lempiras de capital, doce por ciento (12%) sobre el pago total o parcial efectuado al Banadesa; por montos mayores a ochenta mil lempiras de capital, diez por ciento (10%) sobre el pago total o parcial efectuado...
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