Servidumbre forzosa y voluntaria vs obligacion de paso
Así como la servidumbre surge en el derecho romano, como la esclavitud de quien debe prestar sus servicios a otra, surge la similituddonde un inmueble sirve a otro inmueble diferente del propietario. ¿Porqué debe ser diferente propietario? Porque de acuerdo con nuestra legislación, nuestras cosas no pueden servirnos sino a título depropiedad y no a título de servidumbre. Recordemos que toda servidumbre es una carga respecto del que la debe y a su vez un derecho respecto de aquel a quien se debe. El bien que la sufre se le denominasirviente y el que la disfruta dominante.
COSTA RICA:
Las disposiciones ¨generales¨ sobre servidumbres se encuentran contempladas en el Título IV, Capítulo I , artículos 370 a 382 del Código Civilen adelante CC; sin embargo, en los artículos 395 a 400 del mismo Código se regula la ¨obligación forzosa de paso¨, y podemos encontrar otras servidumbres típicas en el Código de Minería y en la Leyde Aguas donde existe una necesidad efectiva de carácter real y objetivo del predio dominante.
De lo anterior se extrae, que existen servidumbre forzosas donde la ley faculta a los particulares aobtener la servidumbre bajo imposición, sin importar la oposición del dueño del terreno que será sirviente, lo cual, se obtendrá por medio de la resolución judicial que así lo ordene e indemnizando alpropietario del fundo sirviente, ya que el resarcimiento está dispuesto en el art. 395 C.C,.para el caso de los fundos enclavados, que necesitan salida suficiente a vía pública, con la excepción previstaen el art. 400 CC..
No obstante lo anterior, existen las servidumbres voluntarias que nacen del acuerdo entre las partes (inter vivos) o por disposición testamentaria (mortis causa). Aquí elresarcimiento no es un elemento necesario porque se rige en base a la normativa general de servidumbres (ar.370 a 382 CC).
También existen las servidumbres, que excluye las de paso de hecho discontinuas...
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