sesion del pleno de la scjn 29 de octubre de 2013
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2013. PROMOVIDA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA, EN CONTRA DE LOS PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO DE LA MENCIONADA ENTIDAD. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2013. PROMOVIDA POR DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL CONGRESODEL ESTADO DE TLAXCALA, EN CONTRA DE LOS PODERES LEGISLATIVO Y EJECUTIVO DE LA MENCIONADA ENTIDAD.
Bajo la ponencia del ministro PEREZ DAYAN:
ÚNICO. SE SOBRESEE EN LA PRESENTE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.
NOTIFÍQUESE; “…
Siguiendo las instrucciones de este Honorable Pleno se circuló el nuevo proyecto de la Acción de Inconstitucionalidad 2/2013, el CUAL PROPONE SOBRESEER EN EL ESTUDIO DELDECRETO 154, relativo a la LEY DE PENSIONES CIVILES DEL ESTADO DE TLAXCALA, al haberse EMITIDO EL DIVERSO DECRETO 196.
La CAUSA DE IMPROCEDENCIA GENERADORA DEL SOBRESEIMIENTO SE APOYA EN LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 19, FRACCIÓN V (que señala que Cuando hayan cesado los efectos de la norma general o acto, materia de la controversia, ésa es expresa la causal que puede generar el sobreseimiento)EN RELACIÓN CON LOS DIVERSOS ARTÍCULOS 20, FRACCIÓN II, Y 59 DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II, DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LA MEDIDA EN QUE LOS ARTÍCULOS PRIMERO Y SEGUNDO TRANSITORIOS DISPONEN QUE LA NUEVA LEY DE PENSIONES CIVILES ENTRA EN VIGOR DESDE EL PROPIO VIERNES VEINTICINCO; ES DECIR, DESDE EL DÍA EN QUE SE PUBLICÓ Y QUEABROGA LA ANTERIOR LEY MATERIA DE IMPUGNACIÓN DE 1 DE ENERO 2013; DE ESTA MANERA, SE ESTIMA QUE DEBE SOBRESEERSE AL HABERSE ACTUALIZADO UNA CAUSAL DE IMPROCEDENCIA POR CESACIÓN DE EFECTOS DE LA NORMA GENERAL IMPUGNADA.
Contenido del artículo 5º. Transitorio del Decreto 196 extiende la vigencia de la Ley de Pensiones Civiles impugnada a los asuntos iniciados al tenor de sus disposicionesindicando que estos se atenderán y tramitarán hasta su conclusión y que el artículo 6º. Transitorio señala que las personas físicas que a la entrada en vigor de la nueva Ley de Pensiones hayan obtenido su jubilación o pensión en los términos establecidos en las Leyes de Pensiones Civiles de veinticinco de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, así como de uno de enero de dos mil trece, continuaránejerciendo los derechos obtenidos bajo la vigencia de dichos ordenamientos legales al momento de su otorgamiento, lo cierto es que dichas disposiciones transitorias forman parte del nuevo Decreto 196, cuyo contenido y alcances podrán ser objeto de combate a través de los diversos medios de impugnación previstos en la ley por quienes estimen afectados sus derechos e intereses.
SI ESTA PROPUESTA SEDESECHA ENTONCES YO declara la invalidez del Decreto combatido por los vicios que han quedado demostrados en el expediente respectivo y que afectaron severamente y en su totalidad el proceso legislativo de rigor.
COSSIO DÍAZ: NO COMPARTE PROPUESTA X Q SI BIEN EN EL ARTÍCULO 1º. TRANSITORIO fundamentado en lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, la presente leyentrará en vigor el mismo día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, EXCEPTO LAS DISPOSICIONES DEL LIBRO B, que entrarán en vigor a partir del 1º. de enero de 2014. Le está dando, o pretendiendo dar, un efecto de derogación total, CREO QUE LO QUE SE ESTÁ HACIENDO ES TOMAR UN ARTÍCULO TRANSITORIO COMO SI ESTUVIERA DEROGANDO LA TOTALIDAD, CUANDO EL PROPIOÓRGANO EMISOR ESTÁ RESERVANDO ESTA SITUACIÓN.
Por otra parte, los artículos Quinto y Sexto a los que se refería ahora el Ministro ponente, también me parece que tienen una determinación de temporalidad manifiesta o extendida, sobre esto ni siquiera voy a discutir, aun cuando por este hecho, me parece que también están en vigor las mismas disposiciones.
FRANCO GONZALES: NO COMPARTEEL PROYECTO,...
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