SICOLOGIA
Walter Javier Guamantica Montesdeoca, ecuatoriano, portador de la cedula de ciudadanía ecuatoriana # 1713930343, domiciliado en esta ciudad de Quito ante usted respetuosamente comparezco:
En relación al adjunto auto de inicio de instrucción del Procedimiento Sancionador # expediente 26215, del domingo 10 de noviembre del 2013, a las11:H45 en el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, Parque Ichimbia canchas de futbol por la presunta causa de transitar con animales domesticos (perros) sin las medidas correspondientes, para evitar que ensucien el espacio público (parque) se me acusa de la infracción y sanción administrativa de primera clase Art. 103, numeral 10, agregada a la sección 1 “cotravenciones y sanciones delcpaituoo VII, del control estimulo, contravenciones y sanciones, agregado al titulo V del Libro Segundo del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito por la Ordenanza Metropolitana 332 sancionada el 16 de marzo del 2011, en concordancia con los artículos innumerados 19 y 20 de la Ordenanza Metropolitana 321, sancionada el 18 de octubre del 2010, el administrado tiene el plazo decinco días hábiles para contestar de manera fundamentada los hechos imputados, a fin de que JUSTIFIQUE HABER ADECUADO SU CONDUCTA A LA NORMA JURIDICA INFRINGIDA , O EN SU CASO SU ALLANAMIENTO A LOS HECHOS IMPUTADOS. TRATANDOSE DE UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA FLAGRANTE, PARA QUE SE TRAMITE SU CONTESTACIÓN DEBERA DEPOSITAR EL MONTO QUE CORRESPONDA A LA SANCIÓN PECUNIARIA, EN GARANTIA DEL RESULTADODEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.
Al respecto, amparado en los constitucionales artículos:
Lo que esta haciendo la autoridad, que emite el auto, es una exagerada interpretación sobre sus propias atribuciones:ajenos al sentido común, pidiendo que se pruebe lo que no es posible hacer, mas aun cuando la disposición sancionadora carece de eficacia jurídica desde su origen.
De igual manera demuestroque con la autoridades que supuestamente con el informe, parte o auto reportan el supuesto cometimiento de la infracción, sancionan una infracción administrativa flagrante, Pruebo por tanto la supuesta flagrancia, y de esta manera arbitrariamente se viola el derecho a la libertad personal, toda vez que quien califica la flagrancia es el Juez, hecho que en el presente caso se ha omitido, en claroatentado contra la lógica, pues lo flagrante no es la infracción, Consecuentemente, lo que debe calificarse no es el hecho de que si la persona cometio la infracción, cabe también precisar que los jueces nunca califican la actuación de quienes emiten el reporte, mas cuando la infracción se la ha cometido anteriormente es necesaria la audiencia de formulación de cargos. De esta manera a ningún Juezque este en sus cabales se le ocurrirá tratar estos casos como flagrancia, que de concretarse evidenciarían el mecanismo arbitrario, injusto y fraudulento, además los jueces conocen que por norma expresa debe respetarse el sorteo de Ley, caso contrario se irrespeta el derecho a la libertad personal contemplada en los Articulos 7.2, 7.3 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que protegenlos aspectos de derechos del individuo. Esta salvaguardia, debe entenderse como la protección contra toda interferencia ilegal o arbitraria de los derechos de las personas.
Por tanto no se deben vulnerar los derechos con supuestas infracciones que se reputen incompatibles con el respeto a los derechos fundamentales.
Por tanto en un Estado donde se defiende la supremacía del Derecho, unainfracción arbitraria no puede nunca ser legal, mas aun siendo incompatibles, irrazonables, imprevisibles o faltos de proporcionalidad.
Del mismo fundamento amparado en el Constitucional Principio de presunción de inocencia previsto en el Art. 76.2
Dr. Walter Francisco Guamantica Paucar
Información Personal
FECHA DE NACIMIENTO: 16 de Agosto del 1960 (52 años)
CEDULA DE...
Regístrate para leer el documento completo.