silencio administrativo
Podemos entender al servicio público en su acepción tradicional, como la técnica legal de regulación sobreactividades de contenido económico cuya titularidad ostenta el Estado y su gestión los particulares, destinadas a satisfacer necesidades esenciales de los habitantes, por lo cual debe el Estado asegurar suprestación de manera obligatoria y sujetas a reglas preestablecidas.
El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto el precedente vinculante establecido en el año 2006 en el caso Salazar Yarlenque(Exp. Nº 03741-2004-AA/TC, sentencia y aclaración) que confería a los tribunales y órganos colegiados de la Administración Pública con carácter nacional, la facultad de inaplicar normas contrarias a laConstitución.
En los ocho años de vigencia del precedente vinculante del Tribunal Constitucional que permitió el control difuso en sede administrativa, podemos afirmar que los tribunales y órganoscolegiados de la Administración casi nunca la aplicaron.
Son contados los casos en los que se ejerció dicho poder-deber. Son tan pocos que serán resumidos en las siguientes líneas. Pero, además,luego de la abrogación de este precedente, queda un tema urgente por resolver: ¿Mantienen el Jurado Nacional de Elecciones y el Consejo Nacional de la Magistratura la atribución de ejercer el controldifuso? Veamos:
¿Cómo nació el control difuso administrativo en el Perú?
En el 2006, al resolver el Caso Salazar Yarlenque (STC Exp. N° 03741-2004-AA/TC), el TC consolidó su doctrina y, medianteprecedente vinculante, estableció que los tribunales administrativos u órganos colegiados que “imparten justicia administrativa con carácter nacional, adscritos al Poder Ejecutivo y que tengan porfinalidad la declaración de derechos fundamentales de los administrados, tienen la facultad y el deber de preferir la Constitución e inaplicar una disposición infraconstitucional que la vulnere
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