Simulacion del acto juridico
INTRODUCCIÓN
SIMULACIÓN DEL ACTO JURÍDICO
I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
II. DESCRIPCIÓN.
III. METODOLOGÍA.
IV. ÍNDICE
V. DOCTRINA.
A. CONCEPTO.
B. SIMULACIÓN ABSOLUTA.
C. SIMULACIÓN RELATIVA.
D. SIMULACIÓN RELATIVA POR INTERPÓSITA PERSONA.
E. LEGITIMIDAD PARA SOLICITAR LA NULIDAD DEL ACTO POR SIMULACIÓN.
F. INOPONIBILIDAD DE LA SIMULACIÓN FRENTE AL TERCEROPERJUDICADO.
VI. ENFOQUE AL DERECHO PERUANO.
DERECHO COMPARADO
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
BIBLIOGRAFIA
INTRODUCCIÓN
La idea de simulación del acto jurídico parte, pues, de una disconformidad de lo que se declara y lo que se quiere, de una discordancia entre la voluntad interna y su manifestación, con la finalidad de presentar un acto jurídicocuyos efectos no desean las partes, pero que es, en realidad, lo que ellas quieren.
El actual Código Civil de 1984 ha regulado independientemente a la Simulación Absoluta de la Simulación Relativa, así en el art. 190 define a la primera: "Por la Simulación Absoluta se aparenta celebrar un acto jurídico cuando no existe realmente voluntad para celebrarlo" y a continuación en el art. 191 define ala Simulación Relativa: "Cuando las partes han querido concluir un acto distinto al aparente tiene efecto entre ellas el acto ocultado, siempre que concurran los requisitos de sustancia y forma y no perjudique el derecho de tercero". Esta diferenciación también se extiende concatenadamente hacia las causales de Nulidad, ya que la Simulación Absoluta constituye causal de Nulidad de Acto Jurídico yla Simulación cuando el acto real que lo contiene perjudica a tercero constituye causal de Anulabilidad de Acto Jurídico, conforme consta de los arts. 219 inc. 5 y 221 inc. 3 respectivamente.
Pero que diferencia existe entre el concepto de Simulación Absoluta consagrado en el art. 190 y 219 inc. 5 y la sanción de Anulabilidad por Simulación Relativa "sui géneris" contenida en el art. 221 inc.3.
Sobre este punto los tratadistas peruanos no se han puesto de acuerdo y subsiste al interior de la doctrina dos posiciones totalmente encontradas, la de los que como Fernando VIDAL RAMÍREZ creen de manera tajante que la Simulación Absoluta se sanciona con el art. 219 inc. 5 y la Simulación Relativa con el art. 221 inc. 3; y del otro lado los que como Guillermo LOHMANN y Lizardo TABOADAsugieren una interpretación amplia del concepto de Simulación Absoluta del art. 190 y abogan por una modificación legislativa. Nosotros estamos de acuerdo con esta última posición.
SIMULACIÓN DEL ACTO JURÍDICO
I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
Si bien el inciso 3 del artículo 221 del Código, no habla de simulación relativa, pero hace referencia a que la misma se da cuando el acto real que locontiene, perjudica el derecho de tercero. Así, por ejemplo, si Juan, padre de Pedro simula venderle un bien, cuando en el fondo le está donando. Esta donación, que es el acto real puede perjudicar el derecho.
En el caso de la simulación relativa, la pretensión dé la anulabilidad se dirige contra el acto oculto o disimulado no contra el acto aparente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 191 delCódigo Civil. En tal sentido, el demandante debe acreditar que fía existido perjuicio contra un tercero para que proceda la anulación del acto jurídico .
En cuanto al tema de la doctrina tenemos:
LA POSTURA TRADICIONAL: Fernando VIDAL RAMÍREZ cree que la Simulación Absoluta ocurre "cuando recae en la existencia del acto, es decir, cuando no existe voluntad de celebrar un acto jurídico y sóloen apariencia se celebra; detrás del acto aparente no existe ningún acto jurídico”. Y luego define a la Simulación Relativa "cuando existe voluntad real de celebrar un acto jurídico y el celebrado se oculta, presentándose a los demás el acto aparente. Se presenta una dualidad de actos: uno oculto o disimulado que contiene la voluntad real de las partes; y otro aparente o simulado, que es el que...
Regístrate para leer el documento completo.