Sindicato De Choferes Loja
Nombre: marvin tillaguango
Tema: collage
Frace: Se valiente, toma riesgos que nada puede sustituir a la experiencia
TITULO II
DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
CAPITULO I
DE LAS CLASES DE SERVICIOS DE
TRANSPORTE TERRESTRE
Art. 51.- Para fines de aplicación de la presente L
ey, se establecen las siguientes clases de
servicios de transporte terrestre:
a) Público;b) Comercial; y,
c) Por cuenta propia.
Art. 52.- El Estado garantizará la prestación del s
ervicio de transporte público en forma
colectiva y/o masiva de personas y bienes, dentro d
el territorio nacional, haciendo uso del
parque automotor ecuatoriano y sujeto a una contrap
restación económica.
Art. 53.- Prohíbese toda forma de monopolio y oligo
polio en el servicio de transporte terrestre.La Comisión Nacional regulará las formas de prestac
ión del servicio conforme la clasificación
prevista en esta Ley.
La prestación del servicio del transporte terrestre
estará sujeta a la celebración de un contrato
de operación.
Art. 54.- La prestación del servicio de transporte
atenderá los siguientes aspectos:
a) La protección y seguridad de los usuarios, inclu
ida la integridad física,psicológica y
sexual de las mujeres, adolescentes, niñas y niños;
b) La eficiencia en la prestación del servicio;
c) La protección ambiental; y,
d) La prevalencia del interés general por sobre el
particular.
Art. 55.- El transporte público se considera un ser
vicio estratégico, así como la infraestructura y
equipamiento auxiliar que se utilizan en la prestac
ión del servicio. Las rutas yfrecuencias a
nivel nacional son de propiedad exclusiva del Estad
o, las cuales podrán ser comercialmente
explotadas mediante contratos de operación.
Art. 56.- El servicio de transporte público podrá s
er prestado por el Estado, u otorgado
mediante contrato de operación a compañías o cooper
ativas legalmente constituidas.
Para operar un servicio público de transporte deber
á cumplir con lostérminos establecidos en
la presente Ley y su Reglamento.
Comprende también al que se presta mediante tranvía
s, metros, teleféricos, funiculares y otros
similares y será servido a través de rutas, cables
o fajas transportadoras preestablecidas.
Art. 57.- Se denomina servicio de transporte comerc
ial el que se presta a terceras personas a
cambio de una contraprestación económica, siempre q
ue nosea servicio de transporte
colectivo o masivo. Para operar un servicio comerci
al de transporte se requerirá de un permiso
de operación, en los términos establecidos en la pr
esente Ley y su Reglamento.
Dentro de esta clasificación, entre otros, se encue
ntran el servicio de transporte escolar e
institucional, taxis, carga liviana, mixto, turísti
co y los demás que se prevean en el Reglamento,los cuales serán prestados únicamente por compañías
y cooperativas autorizadas para tal
objeto y que cumplan con los requisitos y las carac
terísticas especiales de seguridad
establecidas por la Comisión Nacional.
Art. 58.- El transporte por cuenta propia es un ser
vicio que satisface necesidades de
movilización de personas o bienes, dentro del ámbit
o de las actividades comercialesexclusivas
de las personas naturales y/o jurídicas, mediante e
l uso de su propio vehículo o flota privada.
Requerirá de una autorización, en los términos esta
blecidos en la presente Ley y su
Reglamento. No se incluye en esta clase el servicio
particular, personal o familiar.
Por lo tanto, se prohíbe prestar mediante esta clas
e de transporte, servicio público o comercial.
Art. 59.- El transporteinternacional de personas y
mercancías, es un servicio de transporte
público garantizado por el Estado, consecuentemente
, se requerirá de un contrato de operación
de acuerdo con los términos establecidos en la pres
ente Ley, y se regirá adicionalmente por los
tratados, convenios y acuerdos internacionales susc
ritos por el país.
Art. 60.- El transporte fronterizo de personas y me
rcancías, es...
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