Sintesi Ley
Ley 33-66
CONSIDERANDO: Que el servicio del Desayuno Escolar ha adquirido en los últimos años un desarrollo extraordinario en toda la República, y quela actividad educativa y social que realiza a favor de la niñez dominicana se ha ampliado últimamente con la creación de un Ropero Escolar destinado a poner al alcance de los educandos pertenecientes afamilias de escasos recursos uniformes y otras prendas de vestir.
Ley 3360, que crea el comité Nacional del Desayuno Escolar y el Ropero Escolar como organismo especial dependiente de la Secretaríade Estado de Educación y Bellas Artes G. O N°7458 del 15/8/1952
Art. 1. Se crea el Comité Nacional del Desayuno y el Ropero Escolar, como organismo especial dependiente de la Secretaría de Estado deEducación y Bellas Artes, el cual tendrá a su cargo dirigir, perfeccionar y ampliar el funcionamiento y las actividades de los mencionados servicios en todo el territorio de la República.
Art. 2. ElComité Nacional del Desayuno y el Ropero Escolar estará compuesto de un Presidente, un Secretario, un Tesorero y cuatro Vocales, todos designados por el Poder Ejecutivo. Los cargos de Vocales losdesempeñarán preferentemente un funcionario de la Secretaría de Estado de Salud Pública, el Presidente de la Junta del Partido Dominicano en el Distrito de Santo Domingo y un Presidente de Sociedad dePadres y Amigos de la Escuela de Ciudad Trujillo.
Ley 66-97
Art. 1.- La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor delEstado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorizació n o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de losdistintos sectores en el proceso educativo nacional.
Art. 32.- El sistema educativo dominicano comprende los siguientes niveles: a) Nivel Inicial; b) Nivel Básico; c) Nivel Medio; d) Nivel Superior....
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