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En la técnica jurídica, requisito es toda circunstancia o condición necesaria para la existencia o ejercicio de un derecho, para la validez y eficacia de un acto, para la exigencia de unaobligación. Referidos al contrato, los requisitos designan los presupuestos personales, reales y formales que deben concurrir para su perfección y eficacia.
Según sus grados imperativos ocircunstanciales, se distingue entre requisitos esenciales, naturales y accidentales, clase esta última en que no existe propiamente la necesidad que los requisitos requieren. Esenciales son la capacidad,el consentimiento, el objeto y la discutida causa. Naturales, los propios de cada convenio, como la prestación de servicios y el salario en la contratación laboral. Los accidentales los configuran lacondición, el plazo, el modo y las cláusulas específicas.
En otra biopsia de los elementos contractuales, sus requisitos se subdividen en comunes: el consentimiento, la capacidad, elobjeto y la causa; especiales: bilateral, onerosidad, índole personalísima y otros caracteres; y particulares o especialísimos: subordinación, profesionalidad, exclusividad y estabilidad.2.2.1.- CAPACIDAD.-
En el campo estrictamente jurídico, la capacidad es la aptitud o idoneidad que se requiere para ejercer una profesión, oficio o empleo. También lasuficiencia para ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas determinadas. Más en concreto aquí, la habilidad o potestad para contratar, para adquirir derechos y contraer obligaciones. Lacapacidad, o aptitud de obrar válidamente por uno mismo, constituye la regla jurídica; y la incapacidad, la excepción, que debe constar expresamente en la ley u otra norma.
Capacidad sediferencia de personalidad: la segunda indica la posibilidad de ser sujeto de derechos; la primera, la de obrar válidamente. Abolida la esclavitud y suprimida la muerte civil, la personalidad se le...
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