Sistema Nacional De Coordinacion Fiscal
La Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales, es el órgano máximo del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y se integra con los representantes de lashaciendas públicas del Gobierno Federal y de cada una de las 32 Entidades Federativas. Se reúne por lo menos una vez al año y se coopreside por el funcionario de mayor jerarquía de la Entidad sede y porel titular de la Hacienda Pública Federal. Entre sus facultades de mayor relevancia se encuentra la de proponer a los correspondientes poderes ejecutivos, las medidas de actualización y de mejora delSistema Nacional de Coordinación Fiscal.
Algunas de las disposiciones que contiene la Ley de Coordinación Fiscal, que explican la naturaleza de este organismo, son las siguientes:
ARTÍCULO 17,Integración de la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales
La Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales se integrará por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y por el titular del órganohacendario. La Reunión será presidida conjuntamente por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y el funcionario de mayor jerarquía presente en la reunión, de la Entidad en que ésta se lleve a cabo.El Secretario de Hacienda y Crédito Público podrá ser suplido por el Subsecretario de Ingresos, y los titulares del área hacendaria de las Entidades por la persona que al efecto designen.ARTÍCULO 18, Sesiones de la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales:
La Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales sesionará, cuando menos, una vez al año en el lugar del territorio nacional que elijan susintegrantes. Será convocada por el Secretario de Hacienda y Crédito Público o por la comisión Permanente de Funcionarios Fiscales.
En la convocatoria se señalan los asuntos de que deba ocuparse laReunión.
ARTÍCULO 19, Facultades de la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales
Serán facultades de la Reunión de Funcionarios Fiscales:
I.- Aprobar los reglamentos de funcionamiento de...
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