Sistema Tributario De Honduras
Última fecha de revisión del archivo: 1 - agosto - 2005 Descripción General de los Impuestos aplicados en Honduras A. 1. Principios y criterios generales Principios jurisdiccional
Toda persona domiciliada o residente en Honduras, sea natural o jurídica, nacional o extranjera, inclusive la que goce de una concesión del Estado,deberá pagar este Impuesto Sobre la Renta percibido por razón de negocios o industrias comerciales, de productos de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, o de la realización en el territorio del país de actividades civiles o comerciales, o del trabajo personal o de ingresos percibidos por cualquiera otra actividad, ya sea que la fuente de la renta o ingreso esté situada dentro del país o fuerade él, ya sea también cualquiera el lugar donde se distribuye o pague la renta.
(Art. 2, Decreto Ley No. 25 de 20/12/63, Ley de Impuesto sobre la Renta)
2.
Criterios para determinar la residencia de una persona natural
Para todos los efectos tributarios, se presume que el domicilio de las personas naturales es el lugar del territorio nacional donde la ley las considera siempre presentespara el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos, aunque momentáneamente no lo estén. En caso de dudas, se tendrá como domicilio: • • 3. El lugar donde la persona desarrolle sus actividades civiles y mercantiles o tiene su principal establecimiento o el centro de sus negocios o intereses; y, El lugar donde ocurra el hecho imponible.
(Artículo 34 Decreto No. 22 - 97 delCódigo Tributario)
Criterios para determinar la residencia de una persona jurídica
Se tendrá como domicilio de las personas jurídicas el lugar que señale la escritura de constitución o los estatutos. En caso de dudas, se tendrá como domicilio de tales personas: • • El lugar donde la persona desarrolle sus actividades civiles y mercantiles o tiene su principal establecimiento o el centro de susnegocios o intereses; y, El lugar donde ocurra el hecho imponible.
Lo dispuesto en este artículo se aplicará también a las sociedades de hecho y, en general, a toda entidad que carezca de personalidad jurídica pero que realice actividades susceptibles de generar obligaciones tributarias.
(Artículo 35 Decreto No. 22 - 97 del Código Tributario)
Personas Naturales y Jurídicas no radicadasSistemas Tributarios – Honduras 1
Base de Datos de Tributación del CIAT Derechos Reservados
El domicilio de las personas naturales o jurídicas no radicadas en Honduras se determinará de acuerdo con las normas siguientes: • •
•
Si tienen establecimiento permanente en el País, se estará a lo dispuesto en los artículos 34 y 35, precedente, según el caso; De no existir establecimiento, eldomicilio será el de su representante permanente en Honduras; y, A falta de representante, se tendrá como domicilio el lugar en que ocurra el hecho imponible.
(Artículo 36 Decreto No. 22 - 97 del Código Tributario)
Criterios especiales Para efectos tributarios, ninguna persona natural o jurídica podrá tener más de un domicilio. Tampoco dichas personas podrán carecer de domicilio. El domicilio seconsiderará subsistente en tanto su cambio no fuere notificado por escrito y en forma indubitable a la Dirección Ejecutiva de Ingresos.
(Artículo 37 Decreto No. 22 - 97 del Código Tributario)
La Dirección Ejecutiva de Ingresos podrá facultar a los contribuyentes o responsables para que fijen un domicilio especial para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, siempre que con ello no seobstaculice la determinación o fiscalización de los tributos ni su percepción. La conformidad de la autoridad tributaria se presumirá si no manifiesta oposición dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de presentación de la respectiva solicitud. El domicilio especial así constituido será el único válido para todos los efectos tributarios, administrativos y judiciales. La...
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