Sistema
SISTEMA TRIBUTARIO EN EL PERÚ
Principios y cuestiones Generales
Abog. Edgar Villar Bustamante
La Tributación en el Perú
Internos Nacional Administración Tributaria Local SAT Sistema Tributario Constitución SUNAT Aduanas Rentas
Congreso
Leyes
Marco Tributario
Ejecutivo
Decretos Legislativos
Decretos Supremos Santa Sede(arbitrios), TLC.
MEF
Tratados internacionales
Fuentes del Derecho Tributario
Las disposiciones constitucionales. Los tratados internacionales aprobados por el Congreso y ratificados por el Presidente de la República. Las leyes tributarias y las normas de rango equivalente. Las Leyes orgánicas o especiales que normen la creación de tributos regionales o municipales. Los DS y lasnormas reglamentarias. La jurisprudencia Las Resoluciones de carácter general emitidas por la Administración Tributaria, y La Doctrina
Principios Rectores
PRINCIPIO DE LEGALIDAD – RESERVA DE LA LEY
Sólo por Ley o por Decreto Legislativo, en caso de delegación, se puede: a. Crear, modificar y suprimir tributos; señalar el hecho generador de la obligación tributaria, la base para sucálculo y la alícuota; el acreedor tributario; el deudor tributario y el agente de retención o percepción, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 10o; b. Conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios; c. Normar los procedimientos jurisdiccionales, así como los administrativos en cuanto a derechos o garantías del deudor tributario; d. Definir las infracciones y establecer sanciones; e.Establecer privilegios, preferencias y garantías para la deuda tributaria; y, f. Normar formas de extinción de la obligación tributaria distintas a las establecidas en este Código.
Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se regula las tarifas arancelarias. Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministro de Economía y Finanzas, se fija la cuantía de las tasas.
Principios Rectores
INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA DE NORMAS TRIBUTARIAS
Al aplicar las normas tributarias podrá usarse todos los métodos deinterpretación admitidos por el Derecho. Para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- tomará en cuenta los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios. En vía de interpretación no podrá crearse tributos, establecerse sanciones, concederseexoneraciones, ni extenderse las disposiciones tributarias a personas o supuestos distintos de los señalados en la ley.
Principios Rectores
VIGENCIA DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Las leyes tributarias rigen desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, salvo disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte. Tratándose de elementos contemplados en elinciso a) de la Norma IV de este Título, las leyes referidas a tributos de periodicidad anual rigen desde el primer día del siguiente año calendario, a excepción de la supresión de tributos y de la designación de los agentes de retención o percepción, las cuales rigen desde la vigencia de la Ley, Decreto Supremo o la Resolución de Superintendencia, de ser el caso. (3) Los reglamentos rigen desde laentrada en vigencia de la ley reglamentada. Cuando se promulguen con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, rigen desde el día siguiente al de su publicación, salvo disposición contraria del propio reglamento. Las resoluciones que contengan directivas o instrucciones de carácter tributario que sean de aplicación general, deberán ser publicadas en el Diario Oficial.
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