Sistemas 2
PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL SUP. 6117 DEL 21 DE ABRIL DE
2001.
ÚLTIMA REFORMA: NINGUNA.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento regula las funciones del Sistema
Estatal de Investigadores y es de observancia obligatoria para los funcionarios
del Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Tabasco,responsables de
su aplicación, para los investigadores que formen parte de dicho sistema, así
como para los aspirantes.
ARTÍCULO 2.- El Sistema de Investigadores es el medio establecido por la Ley
de Fomento para la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Estado
de Tabasco, para que se reconozca, promueva e impulse la labor de
investigación y desarrollo tecnológico que llevan acabo los investigadores de la
Entidad; a la vez de fortalecer a la investigación en sus diferentes ramas de la
Ciencia, mediante la entrega de reconocimientos y estímulos económicos a la
productividad de los investigadores inscritos en el Padrón Estatal de
Investigadores, y con ello, propiciar el desarrollo científico y tecnológico en la
Entidad.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos del presenteReglamento, se entenderá por:
I.
CONSEJO.- Al Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Tabasco;
que podrá identificarse también como CCYTET;
II.
INSTITUCIÓN.- Toda aquella instancia, dependencia o entidad pública,
social o privada, que desarrolle actividades de investigación científica,
innovación o desarrollo tecnológico;
III. INVESTIGADOR.- Toda aquella persona que dedique almenos parte de
su quehacer
profesional a la investigación científica o al desarrollo
tecnológico, y que como resultado de esa actividad genere productos de
conocimiento como artículos científicos y patentes, entre otros aspectos;
IV. PADRON.- Al Padrón Estatal de Investigadores; y;
V.
SEI.- Al Sistema Estatal de Investigadores
ARTÍCULO 4.- Los aspirantes a formar parte del SEI,deberán ajustarse a los
requisitos y procedimientos establecidos en este Reglamento.
CAPÍTULO II
DE LAS INSTANCIAS DEL SEI
ARTÍCULO 5.- Como se establece en la Ley de Fomento para la Investigación
Científica y Desarrollo Tecnológico del Estado de Tabasco en su Capítulo IV,
Sección II, Artículo 30, el CCYTET es el encargado de operar el SEI y vigilar su
debido funcionamiento.
Para ello el CCYTETse apoyará en un Consejo Asesor que estará integrado de
la siguiente manera:
I.
Un Presidente: Que será el Director General del CCYTET;
II.
Un Secretario Técnico: Que será el Director de Formación de Recursos y
Política Científica del CCYTET;
III. Diez Vocales externos: que serán los integrantes del Consejo Técnico del
CCYTET; y
IV. Cuatro Vocales internos: que serán otros tantosfuncionarios del CCYTET
designados por el Director General.
ARTÍCULO 6.- En función del número de expedientes recibidos y la
complejidad de su análisis, evaluación y dictaminación, el Consejo Asesor
podrá aprobar la integración de las Comisiones especializadas que considere
necesarias y pertinentes para el desarrollo de dichas actividades.
ARTÍCULO 7.- El Consejo Asesor sesionará de maneraordinaria
semestralmente y extraordinaria a convocatoria de su Presidente, cuantas
veces sea necesaria.
ARTÍCULO 8.- Para la validez de los acuerdos tomados por el Consejo Asesor,
se requerirá la presencia de, al menos, las dos terceras partes de sus
miembros; los acuerdos se tomaran por mayoría de votos, teniendo el
Presidente voto de calidad en caso de empate.
ARTÍCULO 9.- El ConsejoAsesor, tendrá las siguientes funciones:
I.
Definir las políticas generales a que se sujetará el SEI;
II.
Aprobar anualmente los términos de las Convocatorias;
III. Aprobar la integración de las Comisiones especializadas del SEI que se
requieran;
IV. Aprobar la sustitución de los miembros que integren las Comisiones; y
V.
Aprobar la distribución de los recursos económicos de...
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