situación de calle
En elartículo 8vo establece que será considerado como animal de compañía todo aquel animal que sea mantenido sin intervención lucrativa y que por sus características evolutivas y de comportamientos puedenconvivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor, atención, protección, alimentos y cuidados sanitarios.
Art 9no: todo tenedor a cualquier título de un animal será responsablede:
a- mantener en condiciones físicas adecuadas, proporcionándoles alojamiento, alimentos y abrigo…
b- no abandonarlo ni dejarlo suelto en lugares públicos de libre acceso, excepto en losautorizados a tales fines.
Art 12mo: queda expresamente prohibido:
a- maltratar o lesionar a los animales
b- dar muerte a un animal, excepto en circunstancias extremas…
f- la cría, la hibridación, eladiestramiento o cualquier manipulación genética de animales con el propósito de aumentar su peligrosidad.
k- la tenencia de animales por aquellas personas que a juicio de la autoridad judicial esténincapacitadas para la conservación de un animal.
Art 13mo: la persona física o jurídica que abandone deliberadamente a un animal del cual es tenedora, seguirá siendo responsable del mismo y de losperjuicios que éste ocasionare a terceros conforme con lo dispuesto por el Código Civil y a las sensaciones previstas en el presente texto
Art 16mo:
f- recibir y diligenciar las denuncias sobreactos de maltrato y abandono de animales; actuar de oficio cuando corresponda, pudiendo requerir la intervención del Ministerio del Interior, autoridades sanitarias y judiciales competentes.
g-disponer y ejecutar, cuando a su juicio correspondiente, las acciones conducentes a la limitación de la reproducción de animales de compañía, procediendo por tal fin a la esterilización, aplicación de...
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