SOCIALES
Un honorario es un servicio calificado,prestado por una persona que es por lo general un profesional. El honorario difiere del servicio en que en los honorarios prima el factor intelectual sobre el técnico y manual propio de los servicios.Existen dos tarifas de retención por honorarios. Una del 10% y una del 11%. Existe confusión entre los contribuyentes y entre los mismos contadores sobre cuando aplicar una tarifa u otra.
Por reglageneral, se dice que si el beneficiario del pago es una persona no obligada a declarar renta, la tarifa por honorarios será del 10%, y si la persona está obligada a declarar renta, la tarifa será del 11%.Pero si miramos con detenimiento el artículo 1 del decreto 260 de 2001, reglamentario del artículo 392 del estatuto tributario, lo que se interpreta es algo un poco diferente.
Este decreto en ningúnmomento se hace referencia a que la persona debe estar obligada a declarar renta para aplicarle la tarifa del 11%.
Lo que dice el decreto reglamentario (que es el que se aplica), es que se aplicaráuna tarifa del 11% en los siguientes casos:
a) Cuando del contrato se desprenda que los ingresos que obtendrá la persona natural beneficiaria del pago o abono en cuenta superan en el año gravable 2001el valor de 3.300 Uvt.
b) Cuando los pagos o abonos en cuenta realizados durante el ejercicio gravable por un mismo agente retenedor a una misma persona natural superen en el año gravable 2001 elvalor 3.300 Uvt. En este evento la tarifa del once por ciento (11%) se aplicará a partir del pago o abono en cuenta que sumado a los pagos realizados en el mismo ejercicio gravable exceda dicho valor.En el primer literal, es muy difícil que el agente retenedor pueda determinar cuantos serán los ingresos de una persona. No le corresponde al agente retenedor solicitar al profesional contratado una...
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